Se dictan normas para el diseño e implementación de la política de seguridad vial con enfoque de sistema seguro y se dictan otras disposiciones - Ley Julián Esteban (Se dictan normas para el diseño e implementación de la política de seguridad vial con enfoque de sis) Colombia
Se dictan normas para el diseño e implementación de la política de seguridad vial con enfoque de sistema seguro
- CAPÍTULO I
OBJETO Y PRINCIPIOS GENERALES
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Principios generales
- CAPÍTULO ll
OBLIGATORIEDAD DE LA REGLAMENTACIÓN SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y LA INFRAESTRUCTURA VIAL
- Artículo 3. Obligatoriedad de la reglamentación sobre vehículos automotores
- Artículo 4. Obligatoriedad de incorporar en el diseño vial especificaciones que prevengan y disuadan comportamientos de los usuarios que puedan poner en riesgo su vida, su integridad personal y su salud o la de terceros
- Artículo 5. Obligatoriedad de incorporar al diseño vial especificaciones que consideren el conjunto de vehículos equivalentes para los modos de tránsito en vías urbanas y carreteras del Sistema Nacional
- CAPÍTULO III
LICENCIA DE CONDUCCIÓN
- Artículo 6. Modifíquese el artículo 17 de la Ley 769 de 2002, el...
- Artículo 7. Modifíquese el artículo 19 de la Ley 769 de 2002,...
- Artículo 8. Adiciónese el artículo 136 A, a la Ley 769 de 2002, el...
- CAPÍTULO IV
OBLIGACIONES DE MOTOCICLISTAS, MOTOCICLOS Y MOTOTRICICLOS
- Artículo 9. Modifíquese el artículo 96 de la Ley 769 de 2002,...
- CAPÍTULO V
REGISTRO DE LESIONES CORPORALES EN LAS VÍAS NACIONALES CONCESIONADAS Y NO CONCESIONADAS Y REGISTRO DE PARQUE AUTOMOTOR INVOLUCRADO EN SINIESTROS VIALES CON RESULTADO DE MUERTE O LESIÓN
- Artículo 10. Registro de personas fallecidas y lesionadas en las vías del país
- Artículo 11. Registro de parque automotor involucrado en siniestros viales con resultado de muerte o lesión
- CAPÍTULO VI
VELOCIDAD
- Artículo 12. Modifíquese el artículo 106 de la Ley 769 de 2002,...
- Artículo 13. Modifíquese el artículo 107 de la Ley 769 de 2002,...
- Artículo 14. IMPLEMENTACIÓN DE PLANES LOCALES DE SEGURIDAD VIAL
- CAPÍTULO VII
OTRAS DISPOSICIONES
- Artículo 15. El sistema de control y vigilancia que adopte la Superintendencia de...
- Artículo 16. El artículo 143 de la Ley 769 de 2002 quedará...
- Artículo 17. Modifíquese el artículo 146 de la Ley 769 de 2002,...
- Artículo 18. Incumplimiento de criterios para la instalación y operación de...
- Artículo 19. Evaluación del impacto de las ayudas tecnológicas en los accidentes de tránsito
- Artículo 20. Vehículos de emergencia
- Artículo 21. Sostenibilidad financiera del Fondo de Modernización del Parque Automotor de Carga
- Artículo 22. Reducción de la informalidad en el transporte terrestre automotor de carga
- Artículo 23. Obligatoriedad de la reglamentación sobre la Infraestructura Vial
- Artículo 24. Vigencia
Otras regulaciones
Se autorizan apropiaciones presupuestales para la ejecución de obras en el municipio de Caicedonia Se establece la obligación de implementar la portabilidad numérica Convenio 144 sobre consultas tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo La nación se asocia a la conmemoración de los 21 años de fundación del municipio de abejorral, antioquia, rinde homenaje a su población Se dictan normas para la regulación y modernización de las sociedades de mejoras públicasMejores juristas
Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?
Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
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- Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.
Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal
Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.
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