Se aprueba el Convenio 144 sobre consultas tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo, adoptado en la 61a. reunión de la organización Internacional del Trabajo, Ginebra, 1976 (Convenio 144 sobre consultas tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales d) Colombia
Convenio 144 sobre consultas tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo
- Artículo 1o. En el presente Convenio, la expresión organizaciones representativas...
- Artículo 2o. 1. Todo Miembro de la Organización Internacional del Trabajo que...
- Artículo 3o. 1. Los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a efectos...
- Artículo 4o. 1. La autoridad competente será responsable de los servicios...
- Artículo 5o. 1. El objeto de los procedimientos previstos en el presente Convenio...
- Artículo 6o. Cuando se considere apropiado, tras haber consultado con las...
- Artículo 7o. Las ratificaciones formales del presente Convenio serán...
- Artículo 8o. 1. Este Convenio obligará únicamente a aquellos Miembros de...
- Artículo 9o. 1. Todo Miembro que haya ratificado este Convenio podrá...
- Artículo 10. 1. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo...
- Artículo 11. El Director General de la Oficina Internacional del Trabajo...
- Artículo 12. Cada vez, que lo estime necesario, el Consejo de Administración de...
- Artículo 13. 1. En caso de que la Conferencia adopte un nuevo convenio que implique...
- Artículo 14. Las versiones inglesa y francesa del texto de este Convenio son...
Otras regulaciones
Día Nacional del Conductor Se dictan disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el influjo del alcohol Se transforma la Imprenta Nacional de Colombia en Empresa Industrial y Comercial del Estado Se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud Se establece un marco jurídico Especial en materia de legalización y formalización MineraMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.
Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..
Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?
Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?
Escríbame 3163306724
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