< Se establece la participación obligatoria de las instituciones educativas públicas y privadas en los procesos electorales

Se establece la participación obligatoria de las instituciones educativas públicas y privadas en los Artículo 3o Colombia


Se establece la participación obligatoria de las instituciones educativas públicas y privadas en los procesos electorales
Artículo 3o.

El personal de las instituciones educativas referidas tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Preparar, en conjunto con la organización electoral, las instalaciones del centro educativo al cual pertenecen para la adecuada realización de la jornada electoral.

2. Asistir a los funcionarios electorales en la instalación de los puestos de votación.

3. Informar a las autoridades presentes de las irregularidades durante la jornada electoral.

4. Colaborar con las autoridades en la guarda de las instalaciones y los distintos elementos de la jornada electoral.

5. En general, contribuir en lo necesario para la adecuada realización de la jornada electoral.

Colombia Art. 3o Se establece la participación obligatoria de las instituciones educativas públicas y privadas en los procesos electorales y se dictan otras disposiciones
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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