Se establecen incentivos para la creación, formalización y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres y se dictan otras disposiciones - Ley creo en ti (Se establecen incentivos para la creación, formalización y fortalecimiento de las micro, pequeñas y ) Colombia
Se establecen incentivos para la creación, formalización y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres
- Artículo 1. Objeto
- CAPÍTULO I
Política pública
- Artículo 2. Definición
- Artículo 3. Principios
- Artículo 4. Política Pública
- Artículo 5. Estrategias para el desarrollo emprendedor de estudiantes y aprendices
- Artículo 6. Patrimonio autónomo
- Artículo 7. Financiamiento
- Artículo 8. Metodologías de Evaluación de Riesgo Crediticio
- Artículo 9. Alianzas para la promoción del desarrollo empresarial femenino y la inclusión financiera
- Artículo 10. Simplificación de trámites
- Artículo 11. Programa de Apoyo a la Formalización
- Artículo 12. Semana del Emprendimiento Femenino
- Artículo 13. Premio Nacional
- Artículo 14. Informe anual sobre Emprendimiento liderado por mujeres
- Artículo 15. Datos estadísticos
- CAPITULO II
Signo Distintivo
- Artículo 16. Creación de la marca
- Artículo 17. Autorización de uso
- Artículo 18. Población beneficiaria
- Artículo 19. Formalización
- Artículo 20. Reconciliación
- Artículo 21. Certificado para Grandes Contribuyentes
- Artículo 22. Entes territoriales
- Artículo 23. Cumplimiento de obligaciones
- Artículo 24. Vigencia
Otras regulaciones
Se rinde honores a la memoria y obra del expresidente Julio César Turbay Ayala, con ocasión del primer centenario de su natalicio Se dictan disposiciones especiales para la prestación del servicio de transporte escolar en zonas de difícil acceso La Nación se asocia a la celebración de los cuatrocientos años de fundación del municipio de Cucunubá La Nación se vincula a la conmemoración y rinde público homenaje al municipio de Puerto Asís Se crea el Sistema Nacional de Identificación, Información y Trazabilidad AnimalMejores juristas
Es necesario aclarar un asunto que es de creencia popular y que se consulta mucho. Un contrato laboral a término fijo se puede renovar todas las veces que se desee sin que esto signifique que se convierta en un contrato a término indefinido. Es un error creer que un contrato a término fijo que se renueva muchas veces se convierte en indefinido.
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Buenos días, trabajo desde el 2008 a termino fijo de un año, nunca hubo cortes en mi contrato la continuidad fue siempre a la fecha de hoy, la empresa pasa por ciertas irregularidades contractuales de personal y de intereses políticos de puestos por compromisos.
Se nos cumplió la finalización del contrato el día 30 de abril y el 1 de mayo nos notificaron verbalmente que nuestro contrato sería renovado pero no hubo formalización por escrito como los anteriores, a un compañero un día después le despidieron ya habiendo laborado día y medio, esto es legal? Tendría que indemnizar? Por tener contrato continuos sin cortes desde el 2008 se puede convertir en indefinido? Podríamos tener derecho a indemnización? Si nos obligan a trabajar con disponibilidad 24/7 tendrían que pagarnos las horas que disponemos y que no podemos utilizar como descanso ni para disfrutar tiempo familiar?
¿Cuáles son los elementos esenciales, de la naturaleza y accidentales del contrato de cuentas en participación? y ¿Cuál es la clasificación de este contrato en la legislación colombiana?
Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?
Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.
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