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Se expide el Estatuto Disciplinario Policial Artículo 32 Colombia


Estatuto Disciplinario Policial
Artículo 32. Noción

Orden es la manifestación externa del superior con autoridad que se debe obedecer, observar y ejecutar. La orden debe ser legítima, lógica, oportuna, clara, precisa y relacionada con el servicio o función.

 

Parágrafo. Cuando un subalterno reciba directa o indirectamente una orden, instrucción o consigna de un superior distinto a su comandante, relacionada con el servicio que está desarrollando, deberá cumplirla y está obligado a informarle inmediatamente a este último.



Colombia Art. 32 Se expide el Estatuto Disciplinario Policial
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El Decreto 1079 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte, compila todas las normas para la prestación del servicio de transporte en sus diferentes modalidades.




Para que una actividad sea considerada profesional, no basta con que sea habitual; debe ser económicamente significativa para la persona. La actividad comercial debe constituir o representar la fuente principal y permanente de los recursos económicos para la persona que la ejerce. El ejercicio profesional implica que la actividad comercial le sirva a la persona como medio de vida. Por lo tanto, si una persona realiza actos de comercio de manera recurrente pero estos no constituyen su principal sustento económico, podría no ser considerada comerciante.




Recordemos a partir del 1 de enero de 2022, la Superintendencia de Sociedades empezó a ejercer las competencias asignadas en este artículo a la Superintendencia de Industria y Comercio.




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