Se expiden normas sobre carrera administrativa y se dictan otras disposiciones (Se expiden normas sobre carrera administrativa) Colombia
Se expiden normas sobre carrera administrativa
- Artículo 1o. Definicion
- Artículo 2o. Principios rectores
- Artículo 3o. Campo de aplicacion
- Artículo 4o. Sistemas especificos de carrera
- Artículo 5o. De la clasificacion de los empleos
- Artículo 6o. Cambio de naturaleza de los empleos
- Artículo 7o. Provision de los empleos de carrera
- Artículo 8o. Procedencia del encargo y de los nombramientos provisionales
- Artículo 9o. Provision de los empleos por vacancia temporal
- Artículo 10. Duracion del encargo y de los nombramientos provisionales
- Artículo 11. Empleados de carrera en empleos de libre nombramiento y remocion
- Artículo 12. Responsabilidad de los nominadores
- Artículo 13. Objetivo
- Artículo 14. Entidades competentes para realizar los procesos de seleccion
- Artículo 15. Concursos
- Artículo 16. El empleado que haya desempeñado un cargo de carrera en calidad de...
- Artículo 17. Etapas
- Artículo 18. Convocatoria
- Artículo 19. Divulgacion
- Artículo 20. Reclutamiento
- Artículo 21. Pruebas
- Artículo 22. Lista de elegibles
- Artículo 23. Periodo de prueba e inscripcion en la carrera administrativa
- Artículo 24. Concursos generales abiertos y utilizacion de sus listas de elegibles
- Artículo 25. Reserva de las pruebas
- Artículo 26. Registro publico de carrera administrativa
- Artículo 27. Inscripcion y actualizacion
- Artículo 28. Notificacion
- Artículo 29. Certificacion
- Artículo 30. Evaluacion del desempeño y su calificacion
- Artículo 31. Objetivos de la evaluacion del desempeño
- Artículo 32. Obligacion de evaluar y calificar
- Artículo 33. Notificacion de la calificacion
- Artículo 34. Instrumentos
- Artículo 35. Estimulos
- Artículo 36. Objetivos de la capacitacion
- Artículo 37. Causales
- Artículo 38. Perdida de los derechos de carrera
- Artículo 39. Derechos del empleado de carrera administrativa en caso de supresion del cargo
- Artículo 40. Efectos de la incorporacion del empleado de carrera a las nuevas plantas de personal
- Artículo 41. Reforma de plantas de personal
- Artículo 42. Declaratoria de insubsistencia del nombramiento por calificacion no satisfactoria
- Artículo 43. Sistema nacional de carrera administrativa y de la funcion publica
- Artículo 44. Comision nacional del servicio civil
- Artículo 45. Funciones de la comision nacional del servicio civil
- Artículo 46. Calidades del delegado del presidente de la republica en la comision nacional del servicio civil
- Artículo 47. Periodo de los representantes de los empleados de carrera en la comision nacional del servicio civil
- Artículo 48. Comisiones departamentales del servicio civil y del distrito capital
- Artículo 49. Funciones de las comisiones del servicio civil departamentales y distrital de santafe de bogota
- Artículo 50. Periodo y calidades de los miembros de las comisiones departamentales y distrital del servicio civil
- Artículo 51. Apoyo a la comision nacional del servicio civil
- Artículo 52. Apoyo a las comisiones departamentales y del distrito capital
- Artículo 53. Facultad sancionatoria de la comision nacional del servicio civil
- Artículo 54. Agotamiento de la via gubernativa
- Artículo 55. Objeto del departamento administrativo de la funcion publica
- Artículo 56. Funciones del departamento administrativo de la funcion publica
- Artículo 57. Principios y reglas generales de organizacion del departamento administrativo de la funcion publica
- Artículo 58. Escuela superior de administracion publica
- Artículo 59. Unidades de personal en los organismos o entidades publicas o de las dependencias que hagan sus veces
- Artículo 60. Comisiones de personal
- Artículo 61. Funciones de la comision de personal
- Artículo 62. Proteccion a la maternidad
- Artículo 63. Proteccion de los limitados fisicos
- Artículo 64. Conservacion de los derechos de carrera
- Artículo 65. Sistema general de nomenclatura y clasificacion de empleos
- Artículo 66. Facultades extraordinarias
- Artículo 67. Suspension de las actuaciones administrativas
- Artículo 68. Procedimiento
- Artículo 69. Procesos especiales de seleccion
- Artículo 70. Carnet de eps
- Artículo 71. Proteccion a los desplazados por razones de violencia
- Artículo 72. Para los efectos de lo dispuesto en la presente ley se aplicarán, en...
- Artículo 73. Direccion y administracion de la carrera
- Artículo 74. Conformacion de la comision seccional de carrera
- Artículo 75. Calidades de los representantes de los empleados
- Artículo 76. Periodo
- Artículo 77. Funciones de las comisiones seccionales de carrera
- Artículo 78. Comisiones de personal
- Artículo 79. Registro publico de carrera
- Artículo 80. Validez de las inscripciones en carrera
- Artículo 81. El artículo 2o. de la Ley 190 de 1995, quedará así:...
- Artículo 82. El artículo 3o. de la Ley 190 de 1995, quedará así:...
- Artículo 83. Regimen de transicion
- Artículo 84. Normas de carrera en la fiscalia general de la nacion
- Artículo 85. Autorizacion
- Artículo 86. Validez de la inscripcion
- Artículo 87. Vigencia
Mejores juristas
Buenas noches, tenia redacción actual del Artículo 539 del CGP —y su continuidad en la reciente Ley 2445 de 2025— plantea una contradicción técnica preocupante: se busca ordenar el patrimonio del deudor, pero se permite que la base de la negociación sea una declaración unilateral y no verificada.
Al facultar que la certificación de ingresos sea una "simple declaración" y la relación de acreedores un listado sin rigor pericial, el legislador ha sacrificado la seguridad jurídica en nombre de la gratuidad. Esta asimetría informativa es la causa raíz de la alta tasa de inadmisiones y objeciones que saturan el sistema.
Es imperativo cuestionar: ¿Por qué no se exige la intervención de un Contador Público que brinde fe pública sobre la masa pasiva y la realidad del flujo de caja?
Sin un protocolo de Reconocimiento, Medición y Revelación avalado por un profesional financiero, la relación de acreedores no es evidencia, es solo una pretensión. La "buena fe" del deudor debe ser complementada con la veracidad técnica para que el acuerdo de pago no sea una quiebra postergada, sino una solución real y auditable para el sistema financiero colombiano.
endo en
Hola buen día, mi empleador me liquidó el 28 de febrero (con la intención de otorgarme vacaciones) y entre la liquidación, el pago de nómina también lo pagó sobre 28 días afirmándome que la liquidación se paga de acuerdo a los días calendarios laborados por lo tanto solo me pagaba 28 días. Yo no quise firmar esa liquidación y de todos modos me sacaron a vacaciones, ahora después de 6 días calendarios del descanso que me otorgaron por vacaciones me la anularon la liquidación, me mandaron a retomar labores, me corrigieron el pago de nomina de febrero, pero ahora me van a descontar de la nómina de marzo esos días que ellos me habían otorgado como vacaciones. Y me aplazaron la liquidación hasta el 01 de mayo. Estoy confundida, no sé cómo responder
se necesita lleva avaluo comercial del inmueble, en los casod del procso del artículo 468
Buenas tardes, mi nombre es Heidy Aramburo y tengo una consulta, un conocido tuvo un accidente de tránsito en el cual él iba en una moto y pego por la parte de atrás a un auto corporativo, el accidente se dio porque el automóvil freno de un modo abrupto frente a un hueco que vio muy encima del auto, mi conocido no alcanzo a frenar y pego por detrás dañando el stop del automóvil, el sufrió varias fracturas en el miembro inferior izquierdo y posee una incapacidad de más de 1 mes; la empresa del automóvil lo contacto diciendo que él se debe hacer responsable de los costos del reparo del automóvil, más las horas extras del conductor por las pruebas de alcoholemia y los tramites que debió hacer ¿En ese caso mi conocido debe responder frente a esto?
Mi nombre es Darwin tabares yo teniendo prisión domiciliaria por derecho a la salud puedo pedir un permiso para trabajar
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios