< Se fomenta el territorio nacional como escenario para el rodaje de obras cinematográficas

Se fomenta el territorio nacional como escenario para el rodaje de obras cinematográficas Artículo 7o Colombia


Se fomenta el territorio nacional como escenario para el rodaje de obras cinematográficas
Artículo 7o. Integración del comité promoción fílmica colombia

El Comité estará integrado por:

1. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, quien lo presidirá.

2. El Ministro de Cultura.

3. El Presidente de Proexport.

4. Dos representantes con amplia trayectoria en el sector cinematográfico, designados por el Presidente de la República.

5. El representante de los productores en el Consejo Nacional de las Artes y la Cultura Cinematográfica (CNACC).

6. El Director de Cinematografía del Ministerio de Cultura.

PARÁGRAFO 1o. Los Ministros podrán delegar su representación en un viceministro y el Ministro de Comercio, Industria y Turismo en el Viceministro de Turismo. Los demás miembros no podrán delegar su participación.

PARÁGRAFO 2o. En ausencia del Ministro de Comercio, Industria y Turismo, presidirá el Ministro de Cultura y en ausencia de estos, presidirá el Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. En todo caso el Comité no podrá sesionar sin la participación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o del Ministerio de Cultura.

PARÁGRAFO 3o. El Director del Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica – Proimágenes Colombia tendrá la calidad de asistente permanente y participará con voz pero sin voto.

PARÁGRAFO 4o. Los miembros del Comité no podrán por sí o por interpuesta persona acceder a los recursos del Fondo Fílmico Colombia (FFC).

CONTRATOS FILMACIÓN COLOMBIA Y SU C0NTRAPRESTACIÓN.

Colombia Art. 7o Se fomenta el territorio nacional como escenario para el rodaje de obras cinematográficas
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Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



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