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Sobre régimen político y municipal Artículo 48 Colombia


Sobre régimen político y municipal
Artículo 48.

En el primer debate se examinará la conveniencia o inconveniencia del proyecto en general; en el segundo debate se examinaría las disposiciones del proyecto, una a una, menos las que se reduzcan a conservar una disposición vigente, las cuales se tendrán como aprobadas, y no se discutirán especialmente sino a petición de algún miembro de la Cámara. En el primer debate y en el curso del segundo bastará que concurra la tercera parte de los miembros de la Cámara; para cerrar este último se requiere la mayoría absoluta de los miembros que la componen; y se reputará como tal cualquier exceso sobre la mitad.

Cerrado el segundo debate, el proyecto se pondrá en limpio tal como ha de ser pasado al Poder Ejecutivo, o a la otra Cámara, y luego se someterá al tercer debate.

En el tercer debate la Cámara manifestará su voluntad de que el proyecto sea o no ley. En el primer caso se firmará, y en el segundo se archivará.

Para este debate se necesita también la mayoría absoluta de los miembros de la respectiva Cámara.

Colombia Art. 48 Sobre régimen político y municipal
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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