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Tratado de Cooperación en Materia de Patentes Artículo 47 Colombia


Tratado de Cooperación en Materia de Patentes
Artículo 47. Plazos





1. El Cálculo de los plazos mencionados en el presente Tratado se regirá por el Reglamento.

2. a) Con excepción de la revisión prevista en el artículo 60, todos los plazos fijados en los capítulos I y II del presente Tratado podrán ser modificados por decisión de los Estados contratantes;

b) Tales decisiones se adoptarán por unanimidad en la Asamblea o mediante votación por correspondencia;

c) Los detalles del procedimiento serán establecidos por el Reglamento.

Colombia Art. 47 Se aprueba el Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 28 de septiembre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984, y el reglamento del tratado de cooperación en materia de patentes
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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