< Tratado sobre las bases de las relaciones entre la República de Colombia y la Federación de Rusia

Tratado sobre las bases de las relaciones entre la República de Colombia y la Federación de Rusia Artículo 18 Colombia


Tratado sobre las bases de las relaciones entre la República de Colombia y la Federación de Rusia
Artículo 18.

El presente Tratado tendrá una vigencia de diez años y se prorrogará automáticamente por períodos sucesivos de cinco años, si ninguna de las Partes manifestaré por escrito a la otra el deseo de denunciarlo con no menos de doce meses antes de la expiración del período correspondiente.

Hecho en Moscú el 8 de abril de 1994, en dos ejemplares originales

en los idiomas español y ruso, siendo ambos textos igualmente válidos.

Por la República de Colombia

La Ministra de Relaciones Exteriores,

NOEMÍ SANÍN DE RUBIO.

Por la Federación de Rusia,

El Ministro de Asuntos Extranjeros,

ANDREI KOZIREV.

El Suscrito Jefe de la Oficina Jurídica

del Ministerio de Relaciones Exteriores,

HACE CONSTAR:

Que la presente es fiel fotocopia tomada del original del "Tratado sobre las bases de las Relaciones entre la República de Colombia y la Federación de Rusia", suscrito en Moscú el 8 de abril de 1994, que reposa en los archivos de la Oficina Jurídica de este Ministerio.

 Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a treinta (30) días

del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco (1995).

El Jefe de la Oficina Jurídica,

HÉCTOR ADOLFO SINTURA VARELA.

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Santa Fe de Bogotá, D.C., 16 de junio de 1995.

Aprobado. Sométase a la consideración del honorable

Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

(Fdo) ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

(Fdo) RODRIGO PARDO GARCÍA-PEÑA.

DECRETA:



Colombia Art. 18 Se aprueba el Tratado sobre las bases de las relaciones entre la República de Colombia y la Federación de Rusia, suscrito en Moscú el 8 de abril de 1994
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Es importante indicar que según este art del Cod de Policía y Convivencia Ciudadana, prescribe la medida cuando pasen cinco años desde la fecha en que quedó en firme la decisión. Es decir, desde el momento en el contra la decisión de policía no se puedan interponer más recursos. Recordemos que, para estos casos en concreto, los recursos de reposición y apelación deben interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de que se interpuso la medida correctiva. Así las cosas, sólo 10 días hábiles después quedan en firme. Por tanto, no se debe contar la prescripción desde la fecha en que se impuso la medida, sino desde el momento en el que se venció la oportunidad para atacar el acto administrativo, o sea, cuando quedó en firme. En la práctica implica entonces contar 5 años y dos semanas desde que se impuso el comparendo. 


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Recordemos que es de responsabilidad de la persona infractora, dirigirse a la autoridad de policía que le impuso la medida correctiva, para actualizar el estado de cumplimiento de la sanción o de no procedencia de la misma y así actualizar el Registro Nacional de Medidas Correctivas.


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La norma máxima para efecto de los signos distintivos es la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, para todos los países miembros de la Comunidad Andina. Además los Decretos reglamentarios y la SIC expide la Circular Única que contiene cómo se debe adelantar los trámites de propiedad industrial en Colombia.


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El depósito es una inscripción que se hace en el registro público de la propiedad industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante el cual se constituye una presunción legal de la fecha desde la cual se entiende que se empezó a usar el nombre comercial, que para el efecto es la fecha de presentación de la solicitud. El depósito no concede derechos, el registro sí. El depósito es un fuerte indicio de la época desde la cual se usa el nombre, para efectos de poder registrarlo.


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Es necesario aclarar un asunto que es de creencia popular y que se consulta mucho. Un contrato laboral a término fijo se puede renovar todas las veces que se desee sin que esto signifique que se convierta en un contrato a término indefinido. Es un error creer que un contrato a término fijo que se renueva muchas veces se convierte en indefinido.


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