< Acuerdo entre la República de Colombia y la Confederación Suiza relativo a los servicios aéreos Regulares

Acuerdo entre la República de Colombia y la Confederación Suiza relativo a los servicios aéreos Regu Artículo 1o Colombia


Acuerdo entre la República de Colombia y la Confederación Suiza relativo a los servicios aéreos Regulares
Artículo 1o. Definiciones

1. Para efectos del presente Acuerdo y su Anexo, a menos que se acuerde lo contrario:

a. El término "el Convenio" significa el Convenio sobre Aviación Civil Internacional abierto para firma en Chicago, el 7 de diciembre de 1944, e incluye cualquier anexo adoptado según el Artículo 90 de dicho Convenio y cualquier enmienda de los anexos o el Convenio según los Artículos 90 y 94 del mismo, en la medida en que esos anexos y enmiendas sean aplicables para ambas Partes Contratantes.

b. El término "autoridades aeronáuticas" significa, en el caso de Colombia, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC) y, en el caso de Suiza, la Oficina Federal de Aviación Civil, o en ambos casos, cualquier persona o entidad, autorizada para ejercer las funciones que actualmente están asignadas a dichas autoridades;

c. El término "aerolíneas designadas” significa una aerolínea o aerolíneas que una Parte Contratante haya designado, según el Artículo 5 del presente Acuerdo, para la operación de los servicios aéreos acordados;

d. El término "servicios acordados" significa servicios aéreos en las rutas señaladas para el transporte separado o combinado, de pasajeros, carga y correo;

e. Los términos "servicio aéreo", "servicio aéreo internacional", "aerolínea” y "escala con fines no comerciales" tendrá el significado que respectivamente se les asigna en el Artículo 96 del Convenio;

f. El término “territorio" relativo a un Estado, tendrá el significado que se le asigna en el Artículo 2 del Convenio;

g. El término "tarifa" significa los precios por concepto del transporte de pasajeros, equipaje y carga y las condiciones bajo las cuales aplican estos precios, incluidos cargos por comisiones y otra remuneración adicional por concepto de agencia o venta de documentos de transporte, pero excluida la remuneración y las condiciones para el transporte de correo.

h. El término "cargos al usuario" significa un cargo efectuado a las aerolíneas por las autoridades competentes, o autorizados por esta para que sea efectuado, para la provisión de bienes o instalaciones o servicios aeroportuarios, incluidos las instalaciones y los servicios conexos, para aeronaves, su tripulación, pasajeros y carga;

i. El término "Acuerdo" significa el presente Acuerdo, sus Anexos y sus enmiendas;

j. El término "transporte aéreo intermodal” significa el transporte público por avión y por una o más modalidades de transporte de pasajeros, equipaje, carga y correo, por separado o en combinación, por remuneración o contrato.

2. El Anexo forma parte integral del presente Acuerdo. Todas las referencias al Acuerdo incluiran el Anexo, salvo que expresamente se acuerde otra cosa.



Colombia Art. 1o Se aprueba el Acuerdo entre la República de Colombia y la Confederación Suiza relativo a los servicios aéreos Regulares, suscrito en Bogotá, el 3 de agosto de 2016
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?



Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



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