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Acuerdo Marco de Cooperación entre la Comunidad Económica Europe Artículo 17 Colombia


Acuerdo Marco de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea
Artículo 17. Cooperación en el ámbito de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones



1o. Las Partes Contratantes, constatando que las tecnologías de la información y las telecomunicaciones revisten una importancia capital para el desarrollo económico y social, se declaran dispuestas a impulsar la cooperación en los ámbitos de interés común, especialmente en lo que respecta a:

- la normalización, las pruebas de conformidad y la certificación;

- las telecomunicaciones terrestres y espaciales, tales como redes de transporte, satélites, fibras ópticas, Redes Digitales de Servicios Integrados (RDSI), transmisión de datos, sistema de telefonía rural y móvil;

- la electrónica y la microelectrónica;

- la informatización y la automatización:

- la televisión de alta definición:

- la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías de la información y de las telecomunicaciones:

- el fomento de las inversiones y de las coinversiones.

2o. Esta cooperación se realizará, en particular, mediante:

- la colaboración entre expertos;

- los peritajes, estudios e intercambios de información;

- la formación de personal científico y técnico;

- la definición y la ejecución de proyectos de interés común;

- la promoción de proyectos comunes en materia de investigación y desarrollo, así como la creación de redes de información y de bancos de datos y el acceso a los bancos y redes ya existentes.

Colombia Art. 17 Se aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Acuerdo de Cartagena y sus países miembros, La República de Bolivia, La República de Colombia, La República del Ecuador, La República del Perú y La República de Venezuela, hecho en Cophenague el 23 de abril de 1993
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Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




El arrendador está en la obligación de tener el bien inmueble en óptimas condiciones uso y goce , debe hacer mantenimiento de los canales de agua lluvia de la vivienda.

Lo podrá hacer el arrendatario de manera oficiosa y hacer el decuento del costo de mantenimiento al valor que paga periodicamente como canon de arrendamiento, o también podrá incurrir en la terminación unilateral del contrato. (tambíen depende que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento)



¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?



Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

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