Acuerdo relativo a los servicios postales de pago Artículo 10 Colombia
Acuerdo relativo a los servicios postales de pago
Artículo 10. Principios generales
1. Accesibilidad a través de la red.
1.1 Los servicios postales de pago serán prestados por los operadores designados en su(s) red(es), o en cualquier otra red corresponsal, a fin de asegurar la accesibilidad de estos servicios al mayor número de personas.
1.2 Todos los usuarios tendrán acceso a los servicios postales de pago, independientemente de la existencia de cualquier relación contractual o comercial con el operador designado.
2. Separación de los fondos.
2.1 Los fondos de los usuarios estarán aislados. Esos fondos y los flujos que generen estarán separados de los demás fondos y flujos de los operadores, en especial de sus fondos propios.
2.2 Las liquidaciones correspondientes a la remuneración entre operadores designados estarán separadas de las liquidaciones correspondientes a los fondos de los usuarios.
3. Moneda de emisión y moneda de pago de los servicios postales de pago.
3.1 El importe de la orden postal de pago se expresará y pagará en la moneda del país de destino o en cualquier otra moneda, autorizada por el país de destino.
4. No repudiabilidad.
4.1 La transmisión de las órdenes postales de pago por vía electrónica estará sujeta al principio de no repudiabilidad, según el cual el operador designado emisor no podrá cuestionar la existencia de dichas órdenes y el operador designado pagador no podrá negar haberlas recibido efectivamente en la medida en que el mensaje se ajuste a las normas técnicas aplicables.
4.2 Deberá asegurarse por medios técnicos la no repudiabilidad de las órdenes postales de pago transmitidas por vía electrónica, cualquiera sea el sistema que utilicen los operadores designados.
5. Cumplimiento de las órdenes postales de pago.
5.1 Las órdenes postales de pago transmitidas entre operadores designados deberán ser cumplidas bajo reserva de las disposiciones del presente acuerdo y de la legislación nacional.
5.2 En la red de operadores designados, la suma entregada al operador designado emisor por el expedidor será la misma que la pagada al destinatario por el operador designado pagador.
5.3 El pago al destinatario no está sujeto a la recepción por parte del operador designado pagador de los fondos correspondientes del expedidor. Deberá efectuarse, bajo reserva del cumplimiento, por parte del operador designado emisor de sus obligaciones para con el operador designado pagador en lo que respecta a los pagos a cuenta o al aprovisionamiento de la cuenta de enlace.
6. Tarifación.
6.1 El operador designado emisor fijará la tarifa de los servicios postales de pago.
6.2 A la tarifa podrán agregarse los gastos de cualquier servicio opcional o suplementario que solicite el expedidor.
7. Exoneración de tarifas.
7.1 Las disposiciones del Convenio Postal Universal relativas a la exoneración de tasas postales sobre los envíos postales dirigidos a los prisioneros de guerra y a los internados civiles podrán aplicarse a los envíos de servicios postales de pago a ese tipo de destinatarios.
8. Remuneración del operador designado pagador.
8.1 El operador designado pagador percibirá del operador designado emisor una remuneración por la ejecución de las órdenes postales de pago.
9. Periodicidad de las liquidaciones entre operadores designados.
9.1 La periodicidad de la liquidación entre operadores designados de las sumas pagadas o acreditadas a un destinatario por cuenta de un expedidor podría ser diferente de la utilizada para el pago de la remuneración entre operadores designados. La liquidación de las sumas pagadas o acreditadas se efectuará, como mínimo, una vez por mes.
10. Obligación de brindar información a los usuarios.
10.1 Los usuarios tienen derecho a la siguiente información, que deberá ser publicada y comunicada a todos los expedidores: condiciones de prestación de los servicios postales de pago, tarifas, gastos, tipos y modalidades de cambio, condiciones de aplicación de la responsabilidad y direcciones de los servicios de información y de reclamaciones.
10.2 El acceso a esta información es gratuito.
Colombia Art. 10 Se aprueba el Acuerdo relativo a los servicios postales de pago, firmado en Ginebra, el 12 de agosto de 2008
Mejores juristas
Hola, soy residente nuevo y vivo en el último piso de mi edificio. La administración inició los trabajos de mantenimiento de la fachada. Debido a las demoras y molestias causada les pedí un cronograma de actividad con fecha y nunca se dignaron a responderme. En mi apartamento vive una bebe, 4 meses sometida a ruidos y golpeteo en la azotea del edificio. Le pedimos a la administración que parara las actividades en Diciembre, pero ha hecho caso omiso e incluso trabajando en horario no permitido 1:20 pm. La salud de la bebe ha sido afectada, tanto que decidimos irnos a vivir a la casa de mis papás.
Favor su guía de que puedo hacer para hacer valer mis derechos y al de mi bebe.
En el mismo piso vivía otra bebe y también se mudaron.
Sobre lo indicado en el artículo 76 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, acerca de los términos para interponer rlos ecursos de reposición y apelación, recordemos que radicar el recurso de reposición, no significa que se pause el tiempo para poder radicar el recurso de apelación. En otras palabras, el término para radicar el recurso de apelación sigue corriendo así se haya radicado el recurso de reposición. Por tanto, se recomienda siempre radicar el recurso de reposición indicando que se pide en subsidio el recurso de apelación, en caso de que se niegue lo que se solicita con el de reposición.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: temasdeley@gmail.com
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Buenas noches ese termino de indagacion se cuenta apartir de que se emite la apertura disciplinaria?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, cuando un sindicato agrupa a más de la tercera parte de los trabajadores de la empresa, las normas de la convención colectiva se extienden a todos los trabajadores, sean o no sindicalizados. Esto implica que, en principio, no se pueden excluir trabajadores de los beneficios convencionales simplemente por su nivel salarial si el sindicato cumple con este requisito de representatividad.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: temasdeley@gmail.com
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Si un sindicato incumple sus funciones, los afiliados tienen varias acciones para reclamar sus derechos: Los afiliados pueden presentar quejas ante el Ministerio de Trabajo, que tiene la facultad de ejercer vigilancia y control sobre el cumplimiento de las disposiciones laborales, incluyendo las funciones de los sindicatos. // En casos donde se vulneren derechos fundamentales, como el derecho de asociación o el debido proceso en el contexto de la representación sindical, los afiliados pueden interponer una acción de tutela para buscar la protección inmediata de sus derechos. // Los afiliados pueden recurrir a la jurisdicción laboral para exigir el cumplimiento de las obligaciones del sindicato o para reclamar el pago de perjuicios si se demuestra que el incumplimiento ha causado un daño específico.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: temasdeley@gmail.com
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios