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Acuerdo sobre el Establecimiento de la red Internacional del Bambú y el Ratán Artículo 9 Colombia


Acuerdo sobre el Establecimiento de la red Internacional del Bambú y el Ratán
Artículo 9. Composición de la junta



l. La Junta estará compuesta por no menos de ocho y no más de dieciséis directores, designados de la siguiente manera:

a) Un director nombrado por el Gobierno del Estado Anfitrión;

b) No menos de seis directores sin cartera, tres de los cuales deberán proceder de países productores de bambú y ratán, y tres nombrados teniendo en cuenta su experiencia científica y administrativa (en adelante denominados síndicos sin cartera); y

c) El Director General.

2. Los síndicos sin cartera se nombrarán para un período de tres años, que se podrá renovar una sola vez. Con respecto a la composición de la Junta Directiva inicial, un tercio de los síndicos sin cartera deberán ser nombrados por un período de un año, un tercio por un período de dos años y otro tercio por un período de tres años. El síndico nombrado para un término inicial de menos de tres años podrá subsecuentemente ser nombrado para dos términos de tres años.

3. Los síndicos sin cartera iniciales deberán ser nombrados por el Gobierno del Estado Anfitrión, el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y el Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo (en adelante denominados los Patrocinadores). Subsecuentemente, cuando el puesto de un síndico sin cartera quede vacante, se llenará con un individuo que a invitación de la Junta se convertirá en síndico.

4. Los miembros de la Junta prestan servicio a título personal.

5. Los síndicos sin cartera deberán ser ciudadanos de Estados Miembros de las naciones Unidas o de sus órganos especializados.



Colombia Art. 9 Se aprueba el Acuerdo sobre el Establecimiento de la red Internacional del Bambú y el Ratán, dado en Beijing, República Popular China, el 6 de noviembre de 1997
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La norma máxima para efecto de los signos distintivos es la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, para todos los países miembros de la Comunidad Andina. Además los Decretos reglamentarios y la SIC expide la Circular Única que contiene cómo se debe adelantar los trámites de propiedad industrial en Colombia.


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Es necesario aclarar un asunto que es de creencia popular y que se consulta mucho. Un contrato laboral a término fijo se puede renovar todas las veces que se desee sin que esto signifique que se convierta en un contrato a término indefinido. Es un error creer que un contrato a término fijo que se renueva muchas veces se convierte en indefinido.


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Buenos días, trabajo desde el 2008 a termino fijo de un año, nunca hubo cortes en mi contrato la continuidad fue siempre a la fecha de hoy, la empresa pasa por ciertas irregularidades contractuales de personal y de intereses políticos de puestos por compromisos.

Se nos cumplió la finalización del contrato el día 30 de abril y el 1 de mayo nos notificaron verbalmente que nuestro contrato sería renovado pero no hubo formalización por escrito como los anteriores, a un compañero un día después le despidieron ya habiendo laborado día y medio, esto es legal? Tendría que indemnizar? Por tener contrato continuos sin cortes desde el 2008 se puede convertir en indefinido? Podríamos tener derecho a indemnización? Si nos obligan a trabajar con disponibilidad 24/7 tendrían que pagarnos las horas que disponemos y que no podemos utilizar como descanso ni para disfrutar tiempo familiar?



¿Cuáles son los elementos esenciales, de la naturaleza y accidentales del contrato de cuentas en participación? y ¿Cuál es la clasificación de este contrato en la legislación colombiana?



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