< Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines

Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines Artículo V Colombia


Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines
Artículo V. Programa internacional para la conservacion de delfines



Conforme al Programa Internacional para la Conservación de Delfines y considerando los objetivos de este Acuerdo, las Partes, entre otros:

1. Limitarán la mortalidad incidental total de delfines en la pesquería del atún con red de cerco en el Area del Acuerdo a no más de cinco mil ejemplares por año, a través de la adopción e instrumentación de las medidas pertinentes, las que deberán incluir:

a) El establecimiento de un sistema de incentivos a los capitanes de los buques para continuar reduciendo la mortalidad incidental de delfines, con el objetivo de eliminar la mortalidad de delfines en esta pesquería;

b) El establecimiento, en el marco de la CIAT, de un sistema de entrenamiento técnico y certificación para los capitanes de pesca y las tripulaciones sobre el equipo y su uso, así como sobre las técnicas para el rescate y la seguridad de los delfines;

c) En el marco de la CIAT, promover y apoyar la investigación para mejorar los aparejos, equipos y técnicas de pesca, incluidos aquellos utilizados en la pesca de atunes asociados con delfines;

d) El establecimiento de un sistema equitativo para la asignación de los límites de mortalidad de delfines (LMD), consistente con los límites anuales de mortalidad de delfines, de conformidad con los Anexos III y IV;

e) Exigir a sus respectivos buques que tengan asignado un LMD, o que de alguna manera operen en el Area del Acuerdo, cumplir con los requisitos de operación establecidos en el Anexo VIII;

f) Establecer un sistema para el seguimiento y verificación del atún capturado con y sin mortalidad o daño severo a delfines, basado en los elementos descritos en el Anexo IX;

g) El intercambio, de conformidad con este Acuerdo y de manera completa y oportuna, de la información obtenida por las Partes a través de la investigación científica; y,

h) Realizar investigaciones con el propósito de buscar formas ambientalmente adecuadas para capturar atunes aleta amarilla grandes que no estén asociados con delfines.

2. Establecerán límites anuales de mortalidad por población de delfines, y revisarán y evaluarán los efectos de dichos límites, de conformidad con el Anexo III.

3. Revisarán las medidas en el marco de una Reunión de las Partes.

Colombia Art. V Se aprueba el Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines, hecho en Washington, D. C., el veintiuno (21) de mayo de mil novecientos noventa y ocho (1998)
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?



Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



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