C Cio Artículo 532 Colombia
Código de Comercio
Artículo 532. Prenda de establecimiento de comercio
La prenda de un establecimiento de comercio podrá hacerse sin desapoderamiento del deudor. A falta de estipulación se tendrán como afectos a la prenda todos los elementos determinados en el artículo 516 con excepción de los activos circulantes.
Cuando la prenda se haga extensiva a tales activos, los que se hayan enajenado o consumido se tendrán como subrogados por los que produzcan o adquieran en el curso de las actividades del establecimiento.
Colombia Art. 532 CCom, CDC, C Co Decreto 410 de 1971
Mejores juristas
El parágrafo de este artículo 46 de la Ley de Propiedad Horizontal, se debe aplicar entendiendo que estas decisiones especiales, es posible tomarlas en reuniones mixtas, siempre y cuando se garantice que la mayoría calificada del 70% de los coeficientes se encuentre presente físicamente en la reunión. En este mismo sentido, aunque la regla general de flexibilización de quórum en segundas convocatorias no aplica a estas decisiones importantes de la copropiedad, el parágrafo si deja una puerta abierta para que no sea necesario una nueva convocatoria a asamblea, si se reúne en la segunda convocatoria, en las condiciones mencionadas arriba y vota favorablemente, mínimo el 70% de toda la copropiedad.
Email: temasdeley@gmail.com
Sitio web: https://gastosnotariales.co/
WhatsApp: 573166406899
· ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL
· CONSULTAS al WhatsApp 3166406899
· Abogada/os Universidad Nacional de Colombia
· https://gastosnotariales.co/
aclara el punto de imposición de expensas extraordinarias, cuya cuantia supera 4 veces el valor de la expensa necesaria.
La conciliación es requisito de procedibilidad en estos casos: Pretensión de nulidad de sanción por inexactitud en el impuesto de IVA
· Pretensión de nulidad de un acto de sanción por normas urbanísticas
· Pretensión de reconocimiento pensional
· Pretensión de reconocimiento de horas extras. Cual es la respuesta correcta
El artículo 49 de la ley 675 de propiedad horizontal, establece una causal genérica para impugnar decisiones de asambleas de copropietarios. Por esto, ante los vacíos que puedan existir sobre como actuar ante cada irregularidad es específico, es necesario aplicar lo indicado en el Código de Comercio relativo a la ineficacia, nulidad e inoponibilidad de las decisiones de las asambleas de socios. Algunos ejemplos de motivos para anular o dejar sin efectos las decisiones de una asamblea son la falta de cantidad suficiente de integrantes para el tipo de decisión tomada (tanto por quorum como por cantidad de votos), convocar sin el tiempo de antelación mínimo requerido, omitir incluir la orden del día en la convocatoria a asamblea, falta de participación en reuniones no presenciales, adopción de decisiones de mayoría calificada en reuniones no presenciales o virtuales, los vicios relacionados con ilegalidad del contenido del acta o por exceder facultades legales o reglamentarias etc.
Email: temasdeley@gmail.com
Sitio web: https://gastosnotariales.co/
WhatsApp: 573166406899
· ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL
· CONSULTAS al WhatsApp 3166406899
· Abogada/os Universidad Nacional de Colombia
· https://gastosnotariales.co/
el representante de victima puede interrogar al acusado
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios