C Cio Artículo 1o Colombia
Código de Comercio
Artículo 1o. Aplicabilidad de la ley comercial
Los comerciantes y los asuntos mercantiles se regirán por las disposiciones de la ley comercial, y los casos no regulados expresamente en ella serán decididos por analogía de sus normas. Colombia Art. 1o CCom, CDC, C Co
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