Código Penal Militar Artículo 243 Colombia
Código Penal Militar
Artículo 243. Titularidad y obligatoriedad
El Estado por intermedio de la Fiscalía General Penal Militar, está obligado a ejercer la acción penal militar y a realizar la investigación de las conductas que revisten característica de delito de competencia de esta jurisdicción, salvo las excepciones contempladas en la Constitución Política y la ley. Colombia Art. 243 CPM
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La Corte Constitucional en la Sentencia C-120 de 2023 indicó que el derecho de retención debe ejercerse con un propósito legítimo: garantizar la solución de la deuda en favor del transportador, en el marco del respeto a los derechos fundamentales. En este sentido, estableció que este derecho no puede ser utilizado para retener bienes relacionados con la salud del deudor, bajo ningún concepto.
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El padre biológico tiene derecho a reclamar la paternidad del menor mediante un proceso judicial de impugnación de paternidad y posterior declaración de paternidad. Según la Ley 1060 de 2006, el presunto padre biológico puede intervenir en el proceso de impugnación de paternidad para que se declare su vínculo con el menor, siempre que acredite sumariamente su interés y se protejan los derechos del niño. Es importante tener en cuenta que los derechos del menor prevalecen sobre los derechos de los adultos involucrados. Por lo tanto, cualquier decisión judicial deberá priorizar el interés superior del niño, garantizando su bienestar emocional, su derecho a la identidad y su estabilidad familiar.
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En el caso de Jorge Orlando Quintana Lenis, el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca condenó a la Fiscalía General de la Nación por no haber apreciado adecuadamente los indicios que justificaban la detención preventiva con fines de extradición. La Corte Suprema de Justicia, al emitir un concepto desfavorable, evidenció que no se cumplían los requisitos legales para la extradición, lo que llevó a la privación injusta de la libertad del demandante. // El caso del Sr. Quintana se volvió muy famoso porque fue involucrado en un supuesto comercio ilegal de estupefacientes, debido a la recepción de un pago referente al arreglo de un automóvil, remitido por el señor Diego Riaño Cuartas desde Perú, por el cual, tras ser detenido por miembros del DAS, pasó 375 días preso en la cárcel de Cómbita, siendo un latonero de Cali.
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si la empresa donde laboro me rechaza la solicitud del retiro de mis cesantias argumentando que no adjunte los soportes de pago del año pasado cuando retire mis cesantias que puedo hacer. Vale aclarar que si envíe los soportes del pago de mi credito hipotecario cuando lo solicitaron solo que ellos requerian que el pago fuera por el monto excacto del valor de mis cesantias y yo hice los pagos de manera parcial que sumando da incluso un valor superior al del retiro de mis cesantias.
Requiero ese dinero de mis cesantias para normalizar mi credito hipotecario y no me quieren generar la carta para retirarlas que debo hacer
La Corte Constitucional ha señalado que la ausencia de un término judicial para emitir el concepto puede resultar en una privación de la libertad prolongada y sin justificación, lo que afecta los derechos fundamentales de las personas detenidas preventivamente con fines de extradición, esto se debe analizar caso a caso.
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