Se aprueba la Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos, suscrita en Nueva York el 14 de diciembre de 1973 (Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra personas internacionalmente protegidas) Colombia
Convención sobre la Prevención y el Castigo de Delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los Agentes Diplomáticos
- Artículo 1o. Para los efectos de la presente Convención: 1. Se entiende por...
- Artículo 2o. 1. Serán calificados por cada Estado parte como delitos en su...
- Artículo 3o. 1. Cada Estado parte dispondrá lo que sea necesario para instituir...
- Artículo 4o. Los Estados partes cooperarán en la prevención de los delitos...
- Artículo 5o. 1. El Estado parte en el que haya tenido lugar la comisión de...
- Artículo 6o. 1. Si considera que las circunstancias lo justifican, el Estado parte en...
- Artículo 7o. El Estado parte en cuyo territorio se encuentre el presunto culpable, de no...
- Artículo 8o. 1. En la medida en que los delitos previstos en el artículo 2 no...
- Artículo 9o. Toda persona respecto de la cual se sustancie un procedimiento en...
- Artículo 10. 1. Los Estados partes se prestarán la mayor ayuda posible en lo...
- Artículo 11. El Estado parte en el que se entable una acción penal contra el...
- Artículo 12. Las disposiciones de esta Convención no afectarán a la...
- Artículo 13. 1. Toda controversia que surja entre dos o más Estados partes con...
- Artículo 14. La presente Convención estará abierta a la firma de todos los...
- Artículo 15. La presente Convención estará sujeta a ratificación. Los...
- Artículo 16. La presente Convención estará abierta a la adhesión de...
- Artículo 17. 1. La presente Convención entrará en vigor el...
- Artículo 18. 1. Todo Estado parte podrá denunciar la presente Convención...
- Artículo 19. El Secretario General de las Naciones Unidas comunicará a todos los...
- Artículo 20. El original de la presente Convención, cuyos textos chino,...
Otras regulaciones
Se organiza el concurso de méritos para la elección del Registrador Nacional del Estado Civil Se exalta la vida y obra del escritor Gonzalo Arango Se reconoce el Guarniel – Carriel antioqueño como Patrimonio Cultural de la Nación Se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios Se establecen medidas para promover la adquisición, renovación y no evasión del Seguro Obligatorio de Accidentes de TránsitoMejores juristas
Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.
Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..
Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?
Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?
Escríbame 3163306724
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