Se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público, de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones (Se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios) Colombia
Se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios
- Artículo 1o. Finalidad
- Artículo 2o. Concepto de maximo nivel decisorio
- Artículo 3o. Concepto de otros niveles decisorios
- Artículo 4o. Participacion efectiva de la mujer
- Artículo 5o. Excepcion
- Artículo 6o. Nombramiento por sistema de ternas y listas
- Artículo 7o. Participacion en los procesos de seleccion
- Artículo 8o. Informacion sobre oportunidades de trabajo
- Artículo 9o. Promocion de la participacion femenina en el sector privado
- Artículo 10. Instrumentos básicos del plan nacional de promoción y estímulo a la mujer
- Artículo 11. Planes regionales de promocion y estimulo a la mujer
- Artículo 12. Informes de evaluacion y cumplimiento
- Artículo 13. Representacion en el exterior
- Artículo 14. Igualdad de remuneracion
- Artículo 15. Apoyo a organizaciones no gubernamentales
- Artículo 16. Vigilancia y cumplimiento de la ley
- Artículo 17. Vigencia
Otras regulaciones
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¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?
Aunque la ley indica que un progenitor que no cumpla con el pago de los alimentos, no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), es necesario aclarar que la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desee ver a sus hijos, deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas. Pues las visitas son a veces la única forma en la que el menor puede ejercer su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
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