< La nación se asocia a la celebración de los 304 años de la fundación del municipio de Valle de San Juan

La nación se asocia a la celebración de los 304 años de la fundación del municipio de Valle de San J Artículo 2o Colombia


La nación se asocia a la celebración de los 304 años de la fundación del municipio de Valle de San Juan
Artículo 2o.

Autorícese al Gobierno Nacional para que en cumplimiento y de conformidad con los artículos 334, 341, 288 y 345 de la Constitución Política y de las competencias establecidas en la Ley 715 de 2005 , incluya en el Presupuesto General de la Nación las partidas presupuestales para incurrir en la finalidad de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social para el municipio del Valle de San Juan, en el departamento del Tolima:

a) Construcción del Centro de Acopio Municipal

b) Pavimentación de la vía Valle de San Juan - La Manga

c) Construcción de Baterías Sanitarias rurales

d) Reforma Agraria en convenio con el respectivo municipio

e) Recuperación del Real de Minas de Nuestra Señora del Rosario, en el Cerro del Sapo - Vereda Tierras Blancas.

Colombia Art. 2o La nación se asocia a la celebración de los 304 años de la fundación del municipio de Valle de San Juan en el departamento del Tolima y se dictan otras disposiciones
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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