La Nación se asocia y rinde homenaje al municipio de Cartago, en el departamento del Valle, con motivo de la celebración de los cuatrocientos sesenta y cuatro (464) años de su fundación, exalta la capacidad creadora y el espíritu de su gente y se dictan otras disposiciones (La Nación se asocia y rinde homenaje al municipio de Cartago) Colombia
La Nación se asocia y rinde homenaje al municipio de Cartago
- Artículo 1o. La Nación se asocia a la conmemoración y rinde público...
- Artículo 2o. El Gobierno Nacional y el Congreso de la República rendirán...
- Artículo 3o. Declárense monumento nacional y parte del patrimonio cultural de...
- Artículo 4o. Con el fin de promocionar y exaltar la labor desarrollada por los artesanos...
- Artículo 5o. En cumplimiento del artículo 102 de la Ley 715 de 2001,...
- Artículo 6o. Las autorizaciones de gasto otorgadas al Gobierno Nacional en virtud de esta...
- Artículo 7o. Las entidades financieras y de fomento de naturaleza púb lica de...
- Artículo 8o. Autorícese al Gobierno Nacional para incluir, a partir de la vigencia...
- Artículo 9o. La presente ley rige a partir de su sanción. La Presidenta del...
Otras regulaciones
Se declara Patrimonio Cultural de la Nación el Festival Nacional del Pasillo Colombiano Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores Se honra la memoria del ex Presidente de la República, doctor Carlos Lemos Simmonds La creación de un programa que preserve el estado sanitario de país libre de Influenza Aviar Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de AduanasMejores juristas
Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.
Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..
Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?
Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?
Escríbame 3163306724
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