Se establecen disposiciones sobre el Programa Juegos Intercolegiados Nacionales Artículo 7 Colombia
Se establecen disposiciones sobre el Programa Juegos Intercolegiados Nacionales
Artículo 7. Realización de los Juegos Intercolegiados Nacionales
Los Juegos Intercolegiados Nacionales deberán realizarse en el país, con carácter obligatorio de manera anual y deberán contar con la participación de representantes de todos los departamentos del país.
La fecha de realización de los juegos y su cronograma deberá ser presentado en el primer trimestre de cada año.
El Ministerio del Deporte junto con el Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Ambiente desarrollaran lineamientos para que las sedes y los espacios utilizados cumplan con las condiciones técnicas, de salud y ambientales óptimas para el desarrollo de los Juegos.
Colombia Art. 7 Se establecen disposiciones sobre el Programa Juegos Intercolegiados Nacionales
Mejores juristas
buenas tardes el tiempo de almuerzo que debe dar una empresa debe ser de una hora ? donde puedo ver esta información en el código laboral ? y es valido que la empresa tomes este tiempo para reducir la jornada laboral ? gracias
Soy inquilina de un local comercial, la arrendataria me cobro deposito equivalente a un mes de arriendo, como inquilina puedo solicitar que se use para pagar un mes de arriendo
si durante el periodo de vacaciones me debo reintegrar a trabajar ese tiempo se me debe pagar?
Este artículo aplica para el sector privado, la norma principal que rige para el sector público es el Decreto 1083 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. En su artículo 2.2.31.4, establece: “ARTÍCULO 2.2.31.4 Derecho a vacaciones. (...) 2. El personal científico que trabaje al servicio de campañas antituberculosas, así como los que laboren en el manejo y aplicación de rayos X y sus ayudantes, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada seis (6) meses de servicios.”
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A los aprendices del sena con contrato anterior al 1/07/2025 les aplica la nueva reforma laboral?
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