< Se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar

Se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Mili Artículo 78 Colombia


Se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar
Artículo 78. Faltas leves

Son faltas leves:

1. Sobrepasar sin permiso los límites fijados para la guarnición.

2. No entregar documentación, material o elementos a su cargo al término de los servicios de régimen interno, permisos, incapacidades, licencias, comisiones, vacaciones, traslado o retiro de la Institución.

3. No informar con inmediatez la ocurrencia de daños, pérdida, descuido, inoperancia, entrega u otra novedad de bienes de propiedad, al servicio o en custodia del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas y las Fuerzas Militares, diferentes a los enunciados en el numeral 5 del artículo 77 de esta ley.

4. No entregar oportuna y adecuadamente los elementos para el mantenimiento del material y equipo de la Fuerzas Militares.

5. No gestionar o efectuar oportuna y adecuadamente el mantenimiento del material y equipo de las Fuerzas Militares bajo su administración.

6. No usar el uniforme militar en la forma, oportunidades y lugares establecidos en el reglamento.

7. Permitir o tolerar la murmuración, los comentarios o crítica contra el superior, subalterno, compañero, otras personas, instituciones o la Fuerza Pública, así como irrespetarlos.

8. No guardar la confidencialidad o discreción impuestos, diferentes a asuntos relacionados con el servicio.

9. Hacer reclamos infundados o inducir a realizarlos.

10. Omitir la imposición de medidas correctivas o el otorgamiento de estímulos, o hacerlo con parcialidad.

11. No dar cumplimiento a los medios correctivos impuestos.

12. La reiteración de situaciones que hubieren dado lugar a la aplicación de medios correctivos dentro de los cuatro meses siguientes a su imposición.

13. No cumplir dentro de los términos legales, los procedimientos disciplinarios o administrativos por pérdida o daño de bienes de propiedad, al servicio o a cargo del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas y las Fuerzas Militares.

14. No llevar al día los folios de vida y demás documentos que tienen que ver con el manejo y administración de personal, o dejar de anotar en ellos los reconocimientos o estímulos conferidos y las sanciones impuestas.

15. No evaluar a los subalternos dentro de los lapsos prescritos en la norma respectiva, o hacerlo con parcialidad.

16. No acudir en ayuda del subordinado cuando, para efectos de bienestar, sea necesaria la intervención de su jefe.

17. Demandar explicaciones al superior sobre el fundamento de una orden, reconvención u observación.

18. Incumplir normas y órdenes de Policía Militar.

19. La inobservancia del instructor o profesor en el cumplimiento de sus deberes académicos, siempre que no sea aplicable el reglamento de escuela o centro de formación o capacitación.

20. La falta de puntualidad en la asistencia a clases o instrucciones, así como el no cumplimiento de tareas académicas con la oportunidad ordenada, siempre que no sea aplicable el reglamento de escuela o centro de formación o capacitación.



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Presunción de Paternidad por Reconocimiento.

Pedro Guatavita de 62 años de edad y Laura Guatavito de 22 años de edad, tuvieron una relación extramatrimonial durante un año. Laura queda embarazad y da a luz a una niña, Sofia.Pedro, aunque no está seguro de ser el padre, decide reconocer a Sofía como su hija legalmente. Quedando legalmente registrada como Sofía Yarleidis Guatavita Guatavito con NIUP 856474322000, Sin embargo, paso un tiempo, Pedro duda de su paternidad y solicita una prueba de ADN para confirmarla, lo que genera un conflicto con Laura, quien sostiene que el reconocimiento voluntario de paternidad es irrevocable.basado en que articulo del codigo civil colombia y convenios internacionales, pedro puede alegar la paternidad por reconocimiento y laura puede sostener que el reconocimiento voluntario de paternidad es irrevocable.



De acuerdo al art. 937, como la servidumbre obedece a un acuerdo de voluntades, es gratuito, es decir el propietario del predio servido no debe pagar por la servidumbre?



Estoy casado y tengo 3 hijos. Recibí en vida mi porción de una herencia económica por la venta de un inmueble de mis padres. Aunque legalmente no estoy obligado a repartir lo recibido, quiero hacerlo para evitarles problemas a futuro. He decidido acogerme al reparto de herencias normales, es decir, dejarle el 50% a mi esposa y el restante 50% dividirlo entre mis 3 hijos. Quiero saber si lo estoy haciendo bien y que no se me van a presentar problemas con ellos a futuro?



Haciendo una analogía a partir de lo que ha indicado la Superintendencia financiera sobre los inmuebles en los que funcionan los cajeros, se puede plantear que la protección indicada acá se extiende a todo tipo de establecimientos de comercio y no únicamente al local comercial. Así las cosas, inmuebles arrendados para oficinas, bodegas, fábricas, plantas, antenas y en general cualquier inmueble que se arriende para que funcione una parte de una empresa o negocio, se debe aplicar el art 518 al 524 de cod de comercio. Lo contrario implicaría generar incertidumbre en el ámbito comercial, que es lo que estos artículos quieren evitar.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: temasdeley@gmail.com

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...



Buenas tardes, si un menor se 14 años tiene relaciones con su novia de 13 años desde hace varios meces, con la ayuda de los padres de la niña. Le permiten a mi hijo que se encierre con la niña en su casa y los padres de la niña lo niegan cuando preguntamos por él y se enojan si vamos a buscarlo. ¿Que podemos hacer a nivel legal para darle fin a esta citación?. Muchas gracias



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