Se expide el estatuto de ciudadanía juvenil Artículo 48 Colombia
Estatuto de ciudadanía juvenil
Artículo 48. Jurados de Votación
La Registraduría del Estado Civil, dos meses antes de la fecha de la respectiva elección, designará mediante sorteo y por resolución, cuatro jurados de votación escogidos de la planta de docentes y estudiantes de educación media y superior de entidades educativas públicas y privadas de cada entidad territorial.
Para ser jurado de votación se requiere ser mayor de 14 años de edad. Los jurados de votación se nombrarán para cada mesa con los siguientes cargos: Un Presidente, un Vicepresidente y dos en el cargo de vocales.
PARÁGRAFO 1o. La Registraduría del Estado Civil, de cada entidad territorial, solicitará a las entidades educativas los listados de docentes y estudiantes, para conformar la base de datos de posibles jurados de votación. Dichas listas deberán tener los siguientes datos: nombres y apellidos, edad, nivel de escolaridad, dirección, email y teléfono.
PARÁGRAFO 2o. La Notificación a Jurados de Votación se realizará a más tardar 10 días antes de la respectiva elección, mediante la publicación de la resolución de nombramiento y las listas en las respectivas entidades educativas.
Adicionalmente la Registraduría del Estado Civil, deberá enviar comunicación (Formulario E-1J) con la designación del cargo de jurado a cada una de las personas nombradas como tales.
PARÁGRAFO 3o. Las actas de escrutinio de los jurados de votación serán válidas cuando estén firmadas al menos, por dos (2) de ellos.
PARÁGRAFO 4o. Los ciudadanos que presten el servicio como jurado de votación tendrán derecho a un día de tiempo compensatorio. El joven, menor de edad, que preste el servicio como jurado de votación tendrá derecho a obtener 20 horas del servicio social estudiantil obligatorio.
PARÁGRAFO 5o. El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación. Los ciudadanos que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado de votación o las abandonen, serán sancionados con la destitución del cargo que desempeñen, si son servidores públicos. Si no lo son, con multa hasta de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes. El joven menor de edad que sin justa causa no concurra a desempeñar las funciones como jurado de votación, deberá contribuir a socializar el Estatuto de Ciudadanía Juvenil a la comunidad joven de su territorio durante 40 horas, el rector de la entidad educativa al que pertenece el designado verificará el cumplimiento de esta disposición.
Colombia Art. 48 Se expide el estatuto de ciudadanía juvenil
Mejores juristas
El contrato de Cuentas de participación es un negocio jurídico de colaboración empresarial, cuya finalidad es permitir que varias personas comerciantes unan esfuerzos, conocimientos o capital para la gestión de intereses comunes en la ejecución de uno o varios proyectos, sin llegar a constituir una sociedad. Los bienes aportados y los negocios realizados se integran en la contabilidad del gestor, aunque deben ser controlados de manera separada.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Si la parte arrendadora realiza a tiempo las obras necesarias que menciona el numeral tercero de este artículo, pero incumple con su deber de notificarle al arrendatario una vez se han terminado dichas reparaciones, para que así este ejerza su derecho de prelación, y en consecuencia arrienda los locales a un tercero, debe indemnizar al arrendatario por la totalidad de los perjuicios causados. No respetar el derecho de preferencia del arrendatario que tuvo que entregar el inmueble para que lo repararan, es un incumplimiento grave de las obligaciones del arrendador que activa dicha sanción.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Aunque este artículo 522 del Cod de Comercio no menciona explícitamente el llamado good will, sí ordena indemnizar el "lucro cesante sufrido por el comerciante", concepto dentro del cual se entiende incluida la pérdida de ganancias derivada de la afectación a la fama comercial, a causa de la terminación del contrato.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Es importante tener en cuenta que el juramento estimatorio, regulado en este art 206 del Cód General del Proceso, no aplica para la cuantificación de daños extrapatrimoniales como el daño moral. Así, si bien la tasación final del daño moral corresponde al juez, en la demanda se debe solicitar una suma específica fundamentada en los criterios orientadores de las altas cortes.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Recordemos que la mujer víctima de violencia de género, tiene derecho a solicitar alimentos a su excompañero permanente, aunque no se haya declarado previamente la unión marital de hecho. Al respecto véase la sentencia T-372 de 2025.
Email: temasdeley@gmail.com
WhatsApp: 573166406899
Abogadas y abogados egresados de la Universidad Nacional
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WHATSAPP 3166406899
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios