< Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliares

Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliares Artículo 20 Colombia


Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliares
Artículo 20. Deberes de los profesionales que se desempeñen en funciones publicas o privadas

Son deberes de los profesionales de quienes trata el presente Código que se desempeñen en funciones públicas o privadas, los siguientes:

a) Los profesionales en el ejercicio de la función pública, deberán abstenerse de participar en el proceso de evaluación de tareas profesionales de colegas, con quienes se tuviese vinculación de parentesco, hasta el grado fijado por la norma vigente para el caso, o vinculación societaria de hecho o de derecho. La violación de esta norma se imputará también al profesional que acepta tal evaluación;

b) Los profesionales que por sus funciones en el sector público o privado sean responsables de fijar, preparar o evaluar condiciones de pliegos de licitaciones o concursos deberán actuar en todos los casos de manera imparcial;

c) Todos los profesionales a que se refiere la presente ley que se hallen ligados entre sí por razón de jerarquía, ya sea en la administración pública o privada se deben mutuamente, independiente y sin perjuicio de aquella relación, el respeto y el trato impuesto por la condición de colegas;

d) Los profesionales superiores jerárquicos, deben abstenerse de proceder en forma que desprestigie o menoscabe a los profesionales que ocupen cargos subalternos al suyo;

e) Los profesionales superiores jerárquicos, deberán respetar los derechos fundamentales de sus subordinados y empleados en lo concerniente a las libertades civiles e individuales, sin ejercer discriminación por razones políticas, económicas, sexuales, religiosas o de asociación;

f) Todo profesional debe abstenerse de cometer, permitir o contribuir a que se cometan actos de injusticia en perjuicio de otro profesional. Tales como destitución, reemplazo, disminución de categoría, aplicación de penas disciplinarias, sin causa demostrada y justa.

PARAGRAFO. Los deberes de los profesionales en sus actuaciones contractuales se regirán por lo establecido en la legislación vigente en esa materia.

DE LOS DEBERES PROFESIONALES EN LOS CONCURSOS

Colombia Art. 20 Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliares, se crea el Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus profesiones auxiliares, se dicta el Código de Etica Profesional, se establece el Régimen Disciplinario para estas profesiones, se reestructura el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y Arquitectura en Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus profesiones auxiliares y otras disposiciones
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Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



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