Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliares, se crea el Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus profesiones auxiliares, se dicta el Código de Etica Profesional, se establece el Régimen Disciplinario para estas profesiones, se reestructura el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y Arquitectura en Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y sus profesiones auxiliares y otras disposiciones (Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliares) Colombia
Se reglamenta el ejercicio de la profesión de Arquitectura y sus profesiones auxiliares
- Artículo 1o. Definiciones
- Artículo 2o. Concepto - ejercicio de la profesion de arquitectura
- Artículo 3o. Requisitos para el ejercicio de la profesion de arquitectura y sus profesiones auxiliares
- Artículo 4o. De la tarjeta de matricula profesional de los arquitectos
- Artículo 5o. Del certificado de inscripcion profesional para los profesionales auxiliares de arquitectura
- Artículo 6o. Requisitos para tomar posesion de cargos, suscribir contratos o realizar dictamenes tecnicos en actividades referentes a la arquitectura y sus profesiones auxiliares
- Artículo 7o. De la licencia temporal especial para profesionales en arquitectura extranjeros domiciliados en el exterior y con vinculacion laboral en colombia
- Artículo 8o. De la participacion de profesionales extranjeros a nivel estatal y privado
- Artículo 9o. Consejo profesional nacional de arquitectura y sus profesiones auxiliares
- Artículo 10. Funciones del consejo profesional nacional de arquitectura y sus profesiones auxiliares
- Artículo 11. Consejos regionales
- Artículo 12. Ejercicio ilegal de la profesion de arquitectura
- Artículo 13. Sanciones por el ejercicio de la arquitectura y sus profesiones auxiliares
- Artículo 14. Ejercicio de la profesion de arquitectura
- Artículo 15. Denominacion de profesionales
- Artículo 16. Deberes eticos de los profesionales
- Artículo 17. Deberes para con la dignidad de la profesion
- Artículo 18. Deberes para con los demas profesionales
- Artículo 19. Deberes para con los clientes y el publico en general
- Artículo 20. Deberes de los profesionales que se desempeñen en funciones publicas o privadas
- Artículo 21. Deberes de los profesionales en los concursos
- Artículo 22. De las faltas al regimen de inhabilidades e incompatibilidades
- Artículo 23. Faltas contra la etica profesional
- Artículo 24. Procedimiento disciplinario
- Artículo 25. Consejo profesional nacional de ingenieria y arquitectura
- Artículo 26. Integracion del consejo
- Artículo 27. Consejos seccionales de ingenieria
- Artículo 28. De los bienes y remanentes
- Artículo 29. Vigencia
Otras regulaciones
La Nación rinde homenaje y se asocia con el Municipio de Corinto (Cauca) a la celebración de los 200 años del natalicio del insigne General Acuerdo de Cooperación en Materia de Turismo entre la República de Colombia y el Reino de España Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados Se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión Se reglamenta la actividad del avaluadorMejores juristas





cordial saludo.
Pregunta: "buenos dias, yo antes me ganaba un salario bueno y le pasaba el 25% a mi hijo y el 15% de alimento a la persona que era conyugue, a hora que me gano un salario mínimo me llega un embargo a la empresa actual que me gano el minimo por el 15% para la cuota alimentaria, eso si se puede hacer, sabiendo que estoy pasando a mi hijo el 25% de cuota alimentaria.
laboro hasta los sabados hasta las 10 de la mañana para cumplir con las horas qu dice la ley, si me toca trabajar un domingo que es mi dia de descanso laboral ¿me corresponde un dia compensativo en la semana?..porque en la empresa me dijeron que no, que debia trabajar 3 domingos para poder disfrutar de un dia conpensativo....me pueden explicar eso'
Buenas noches, tengo la siguiente consulta: Si trabajé 4 domingos en enero y pido los 4 compensatorios por ley y la empresa me aprueba tomarlos los 4 primeros días de marzo, pero el empleador finalmente me finaliza el contrato el 28 de febrero, lógicamente antes de dármelos, ¿me los debe pagar o nada lo obliga a pagármelos?
- Hola, vivo en un corregimiento, que practicamente es una vereda con un caserio grande, la policia paso informando que mañana van a recoger a cualquier perro que se encuentre en la calle para llevarlo a la perrera, dicen que lo harán por que es un riesgo que los perros esten en la calle por si muerden a alguien o por que depronto hacen caca en la calle y son un problema sanitario. Yo tengo dos perros (al dia de vacunas y no hacen caca en la calle) tengo un local abierto y ellos son libres de salir, ¿es legal que digan que los van a recoger y llevárselos?
El 16 de junio de 2015 me impusieron un comprendo por alcoholemia el cual fue de 2 grados, estuve en audiencia y me notificaron la multa pero hasta la fecha no he pagado ni un peso,,, puedo solicitar la prescripción de dicha sanción por ya haber pasado más de 5 anos ❓
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios