Se aprueba el Acuerdo de Complementación Económica número 33 (Tratado de Libre Comercio) celebrado entre la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República Bolivariana de Venezuela, Séptimo Protocolo Adicional, suscrito en Montevideo, Uruguay, a los tres (3) días de mes de agosto de dos mil cinco (2005) (Acuerdo de Complementación Económica número 33) Colombia
Acuerdo de Complementación Económica número 33
- Artículo 1o. Eliminar la regla de origen aplicable a la subpartida 3808.10 a 3808.30...
- Artículo 2o. Eliminar la regla de origen aplicable a la partida 82.12 a 82.15 prevista en...
- Artículo 3o. Eliminar la regla de origen aplicable a la subpartida 8525.10 a 8525.20...
- Artículo 4o. Eliminar la regla de origen aplicable a la subpartida 8525.30 prevista en la...
- Artículo 5o. Eliminar la regla de origen aplicable a la subpartida 8525.40 prevista en la...
- Artículo 6o. Eliminar la regla de origen aplicable a la subpartida 8527.90 prevista en la...
- Artículo 7o. Eliminar la regla de origen aplicable a la subpartida 8528.12 a 8528.30...
- Artículo 8o. Eliminar la regla de origen aplicable a la fracción arancelaria...
- Artículo 9o. Eliminar la fracción arancelaria 8529.90.aa y 8529.90.cc de la tabla...
- Artículo 10. El presente Protocolo entrará en vigor una vez que las Partes se...
Otras regulaciones
Se aprueba el acuerdo para establecer la red global de desarrollo La Nación se asocia a la celebración del primer centenario de la fundación del municipio de San Rafael Protocolo relativo a una enmienda del Convenio sobre Aviación Civil Internacional Se establecen los lineamientos para el desarrollo de la Telesalud La Nación rinde homenaje y se asocia con el Municipio de Corinto (Cauca) a la celebración de los 200 años del natalicio del insigne GeneralMejores juristas





Cordial saludo,
A su pregunta: "Qué pasa si no estoy del todo de acuerdo con la liquidación de mi pensión de vejez y no apelo el acto administrativo?"
Respondemos: Entonces no podría comunicarle al fondo de pensiones que está en desacuerdo.
Atentamente,
Mario Montenegro
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Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.
Cordial saludo,
A su pregunta: "Buenos días, mi papá falleció y mi mamá desea reclamar las cesantías, pero le piden certificado de la empresa, esta no contesta ni responde correos, ya fuimos a la DIAN, supersolidaria, superintendencia de industria y comercio, pero no hemos recibido ninguna información de la empresa. No sabemos ahora que se puede hacer"
Respondemos: Puede escribirnos por interno, y le ayudamos a su familia a obligar a la empresa darles este certificado.
Atentamente,
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A su pregunta: "Quisiera saber que se puede hacer en caso de un contrato de leasing con bancolombia, cuando 4 días antes de hurtar la volqueta, esta ha sido transferida a otra persona ilegalmente, así el locatario sin poder cobrarle a la aseguradora y bancolombia demandando al locatario a pagar la volqueta."
Respondemos: Debe denunciar ante la fiscalía.
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A su pregunta: "El correcto que el empleador deje de suministrar la dotación por temas de la contingencia por el COVID 19? Los empleados siguen trabajando desde sus casas desde el inicio de las cuarentenas."
Respondemos: Depende de qué tipos de elementos de dotación y si son necesarios o no. Se aplica la sana crítica.
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A su pregunta: "Buenas tardes, si la empresa me descontó o retuvo parte de mi salario para el pago de un embargo judicial y la empresa nunca consigno eso a la cuenta del juzgado. Que se puede hacer en ese caso"
Respondemos: Debe solicitársele el dinero a la empresa.
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