Convenio relativo a la Organización Hidrográfica Internacional,OHI Artículo XVIII Colombia
Convenio relativo a la Organización Hidrográfica Internacional,OHI
Artículo XVIII.
1. El presente convenio quedará abierto en Mónaco el 3 de mayo de 1967, y luego en la Legación del Principado de Mónaco en París, del 1º de junio de 1967 al 31 de diciembre de 1967, a la firma de todo Gobierno que, con fecha 3 de mayo de 1967, participe en los trabajos del Buró.
2. Los Gobiernos mencionados en el párrafo I anterior, podrán pasar a ser Partes en el presente convenio:
a) Firmándolo sin reserva de ratificación o de aprobación, o
b) Firmándolo con reserva de ratificación o de aprobación y depositando después un instrumento de ratificación o de aprobación.
3. Los instrumentos de ratificación o de aprobación serán entregados a la Legación del Principado de Mónaco en París, para su depósito en los archivos del Gobierno del Principado de Mónaco.
4. El Gobierno del Principado de Mónaco comunicará a los Gobiernos mencionados en el párrafo I anterior y al Presidente del Comité de Dirección, toda firma y depósito de instrumento de ratificación o aprobación.
Colombia Art. XVIII Se aprueba el Convenio relativo a la Organización Hidrográfica Internacional,OHI, suscrito en Mónaco el 3 de mayo de 1967 Ley 408 de 1997
Mejores juristas
Bien día, en mi trabajo me pueden exigir usar el uniforme un día domingo, cuando no me lo pagan como día laborado?
la interseotacion de comunicaciones es un delito,que pasa si mi teléfono lo intersepta otra persona.
Para afiliarse a una Cámara de Comercio, los libros de actas y de registro de socios o accionistas no necesitan tener dos años de antigüedad. Los dos años exigidos por este art 92 del Cód de Comercio se refieren a tener mínimo dos años consecutivos de matrícula mercantil, haber ejercido la actividad comercial durante ese tiempo y haber cumplido permanentemente las obligaciones como comerciante. Por eso, no es necesario esperar dos años desde la inscripción de los libros para solicitar la afiliación. Sin embargo, la Cámara verifica que la sociedad haya inscrito los libros, especialmente el de actas y el de socios o accionistas. Si estos libros fueron registrados tardíamente, la Cámara puede llegar a considerar que existió un incumplimiento de las obligaciones y llegar a negar la afiliación, aunque en el momento de la solicitud de afiliación los libros ya estén inscritos. El registro tardío permite registrar información de períodos anteriores, pero no necesariamente elimina ese incumplimiento histórico para efectos de la afiliación; la Cámara debe valolar el cumplimiento conforme a la ley y al reglamento aplicable.
Es obligatorio que una empresa juridica tenga registrados los libros de actas y accionistas con 2 años de antiguedad, PARA PODER SER AFILIADO DE LA CAMARA DE COMERCIO?
Es obligatorio que una empresa juridica tenga registrados los libros de actas y accionistas con 2 años de antiguedad ?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios