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Estatutaria de la administración de justicia Artículo 107 Colombia


Estatutaria de la administración de justicia
Artículo 107. Creación

Créase el Sistema Nacional de Estadísticas Judiciales, el cual tendrá por objeto el acopio, procesamiento y análisis de información que contribuya a mejorar la toma de decisiones administrativas en el sector justicia, al llevar el control de rendimiento de las corporaciones y despachos judiciales y a proveer la información básica esencial para la formulación de la política judicial y criminal del país.

Forman parte del Sistema Nacional de Estadísticas Judiciales:

1. Los Organos que integran la Rama Judicial.

2. El Ministerio de Justicia y del Derecho.

3. El Ministerio de Salud Pública.

4. El Departamento Nacional de Planeación.

5. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística.

6. El Departamento Administrativo de Seguridad.

7. El Director de la Policía Nacional; y,

8. El Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

La coordinación del Sistema Nacional de Estadísticas Judiciales estará a cargo del Consejo Superior de la Judicatura, el cual acopiará, procesará y reproducirá toda la información que sea requerida por las entidades usuarias para la adopción de políticas relacionadas con el sector.

El Consejo Superior de la Judicatura guardará la reserva de los documentos e informaciones que conforme a la Constitución y la ley revistan ese carácter.





Colombia Art. 107 Estatutaria de la administración de justicia
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Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



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