< Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio

Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio Artículo 3 Colombia


Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio
Artículo 3. Presupuesto para la Administración del Sistema General de Regalías y el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control (SSEC)

De conformidad con el monto total de gastos de Sistema General de Regalías definido en el artículo 2° de la presente Ley, autorícese gastos con cargo a la Administración del Sistema General de Regalías y el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control (SSEC), durante el bienio del 1° de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024 por la suma de OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS MONEDA LEGAL ($897.221.931.496) según el siguiente detalle: 

Cuenta 

Subcuenta 

Objeto 

Ordinal 

Sección 

Concepto 

Valor 

03 

  

  

  

  

ASIGNACIONES Y DISTRIBUCIONES DEL GENERAL DE REGALÍAS 

897.221.931.496 

03 

01 

  

  

  

ADMINISTRACIÓN, SSEC, INVERSIÓN Y AHORRO PARA LA ESTABILIZACIÓN DE LA INVERSIÓN DEL SGR 

897.221.931.496 

03 

01 

01 

  

  

ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 

598.147.954.330 

03 

01 

01 

001 

  

FUNCIONAMIENTO, OPERATIVIDAD Y ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA Y EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL A LOS PROYECTOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN 

299.073.977.165 

03 

01 

01 

002 

  

FISCALIZACIÓN DE LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LOS YACIMIENTOS Y CONOCIMIENTO Y CARTOGRAFÍA DEL SUBSUELO E INCENTIVO A LA EXPLORACIÓN Y A LA PRODUCCIÓN 

299.073.977.165 

03 

01 

02 

  

  

SISTEMA DE SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL (SSEC) 

299.073.977.165 

03 

01 

02 

001 

MO001 

SISTEMA DE SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CONTROL - DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN (DNP) 

119.629.590.866 

03 

01 

02 

002 

MO002 

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (CGR) 

149.536.988.583 

03 

01 

02 

003 

MO003 

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN (PGN) 

29.907.397.717 



Colombia Art. 3 Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 ° de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1 2 3 4 5 ...27
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Así como en el de vivienda urbana, si el arrendatario incumple el contrato de arriendo comercial, se aplica lo dispuesto en el artículo 2003 del código civil: Que el arrendatario tendrá que pagar los cánones de arrendamiento que faltan para terminar el contrato, es decir, los arriendos que debía haber pagado hasta que se terminara el contrato o el periodo que se renovó, si dicho contrato no se hubiera terminado por su culpa.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: temasdeley@gmail.com

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...



Y en caso de que el empleado quiera renunciar sin una causa justa y haya activo un contrato a término fijo de por medio, ¿Cómo se le podría aplicar una sanción al empleado por los daños y perjuicios que renunciar sin causa justa le ocasiona a la empresa? ¿La empresa puede elegir el monto a sancionarle o hay un límite establecido en la ley?



  1. Deseo saber, si el PARAGRAFO DEL ARTICULO 46 de la Ley 675 de 2001, ha tenido alguna modificación. favor escribir a: millannieto@gmail.com


Presunción de Paternidad por Reconocimiento.

Pedro Guatavita de 62 años de edad y Laura Guatavito de 22 años de edad, tuvieron una relación extramatrimonial durante un año. Laura queda embarazad y da a luz a una niña, Sofia.Pedro, aunque no está seguro de ser el padre, decide reconocer a Sofía como su hija legalmente. Quedando legalmente registrada como Sofía Yarleidis Guatavita Guatavito con NIUP 856474322000, Sin embargo, paso un tiempo, Pedro duda de su paternidad y solicita una prueba de ADN para confirmarla, lo que genera un conflicto con Laura, quien sostiene que el reconocimiento voluntario de paternidad es irrevocable.basado en que articulo del codigo civil colombia y convenios internacionales, pedro puede alegar la paternidad por reconocimiento y laura puede sostener que el reconocimiento voluntario de paternidad es irrevocable.



De acuerdo al art. 937, como la servidumbre obedece a un acuerdo de voluntades, es gratuito, es decir el propietario del predio servido no debe pagar por la servidumbre?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse