< Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1o de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016

Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1o de enero de 2015 al Artículo 6o Colombia


Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1o de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016
Artículo 6o. Incorporación de rendimientos financieros





1. Incorpórese al Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio del 1o de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016, la suma de cuatrocientos mil millones de pesos moneda legal ($400.000.000.000), provenientes de los rendimientos financieros de la Cuenta Única del Sistema General de Regalías, así:

PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2015-2016CONCEPTO VALOR2RECURSOS DE CAPITAL400.000.000.000RENDIMIENTOS FINANCIEROS400.000.000.000TOTAL RECURSOS DE CAPITAL400.000.000.0002. Incorpórese al Presupuesto de Gastos de las Entidades Receptoras Directas de Regalías y Compensaciones del Sistema General de Regalías para el bienio del 1o de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016, la suma de cuatrocientos mil millones de pesos moneda legal ($400.000.000.000), según el siguiente detalle:

PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALÍAS Y COMPENSACIONES DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2015-2016CAPÍTULOSUBCAPÍTULOSECCIÓNCONCEPTO VALORIIIPRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALÍAS Y COMPENSACIONES400.000.000.0001DEPARTAMENTOS400.000.000.00005ANTIOQUIA13.032.068.59708ATLÁNTICO4.350.50411BOGOTÁ, D. C.2.113.97413BOLÍVAR10.198.514.46115BOYACÁ9.744.858.29917CALDAS177.480.19418CAQUETÁ213.07519CAUCA872.210.97020CESAR42.644.197.05323CÓRDOBA11.876.927.86025CUNDINAMARCA1.238.377.41327CHOCÓ2.216.481.97841HUILA19.959.301.94944LA GUAJIRA18.221.988.91847MAGDALENA4.290.574.05350META154.549.762.01752NARIÑO2.826.575.99754NORTE DE SANTANDER7.619.619.65263QUINDÍO4.182.36566RISARALDA23.675.62568SANTANDER24.234.708.81270SUCRE9.109.119.11473TOLIMA5.629.909.30176VALLE DEL CAUCA145.120.61681ARAUCA13.437.869.01785CASANARE35.932.936.16286PUTUMAYO11.873.434.30588ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS60.750.42994GUAINÍA72.230.26995GUAVIARE123.40097VAUPÉS3.67699VICHADA319.948PARÁGRAFO. En el CAPÍTULO III, SUBCAPÍTULO 1 del presente artículo, correspondiente a las asignaciones directas, se incorporan la totalidad de las autorizaciones máximas de gasto estimadas, por este concepto, para el bienio 2015-2016.

Mediante documento Anexo número 5, que hace parte integral de la presente ley, se desagregan los recursos de las asignaciones directas por entidad beneficiaria.

Colombia Art. 6o Se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1o de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2016
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...4o 5o 6o 7o 8o ...43
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse