Se establecen medidas especiales de protección para las personas que padecen epilepsia, se dictan los principios y lineamientos para su atención integral (Se establecen medidas especiales de protección para las personas que padecen epilepsia) Colombia
Se establecen medidas especiales de protección para las personas que padecen epilepsia
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Definiciones
- Artículo 3o. Prohibición
- Artículo 4o. Principios
- Artículo 5o. Directrices de política
- Artículo 6o. Programas integrales de protección a las personas que padecen epilepsia
- Artículo 7o. Concientización para el trabajo conjunto
- Artículo 8o. Cooperación internacional
- Artículo 9o. Financiación
- Artículo 10. La Comisión de Regulación en Salud (CRES) deberá incluir...
- Artículo 11. El literal a) del artículo 33 de la Ley 1122 de 2007 quedará...
- Artículo 12. El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de la Protección...
- Artículo 13. Las personas con epilepsia, sin distinción alguna, tendrán...
- Artículo 14. La epilepsia no será considerada impedimento para la...
- Artículo 15. Las personas con epilepsia, sus familiares y las comunidades tienen derecho a...
- Artículo 16. Las personas con epilepsia estarán protegidas de toda forma de...
- Artículo 17. Las organizaciones legalmente constituidas de personas con epilepsia...
- Artículo 18. El Gobierno Nacional velará porque las personas con epilepsia se...
- Artículo 19. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de la Protección...
- Artículo 20. La persona con epilepsia que se rehúse a aceptar el tratamiento...
- Artículo 21. Las Entidades Promotoras de Salud de los regímenes contributivo y...
- Artículo 22. Aquellos jóvenes que tengan epilepsia y dependan económicamente...
- Artículo 23. El Ministerio de la Protección Social en coordinación con el...
- Artículo 24. En caso de violación de las prohibiciones definidas en la presente...
- Artículo 25. La autoridad de salud de la respectiva jurisdicción, deberá...
- Artículo 26. Vigilancia epidemiológica
- Artículo 27. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga...
Mejores juristas
En el ámbito penal, si alguien es condenado por primera vez en segunda instancia y no está de acuerdo con esta decisión, la vía de defensa es la impugnación especial. (Si se es otra parte procesal (víctima, fiscal) y se desea controvertir la misma sentencia, deberá acudir al recurso extraordinario de casación). Es necesario tener mucho cuidado en este punto, porque equivocarse en qué tipo de recurso aplica en el caso particular, implicaría el rechazo de plano de la casación y la pérdida de la oportunidad para interponer la impugnación especial o viceversa.
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Un padre o madre obligado a pagar una cuota alimentaria no puede suspender, disminuir o dejar de pagar dicha cuota de forma unilateral durante los periodos de vacaciones, incluso si los hijos se encuentran bajo su cuidado durante ese tiempo. El concepto de alimentos es integral y no se limita a la comida. Gastos como la vivienda, la salud o la educación (matrículas, pensiones, etc.), son costos fijos de orden más amplio, que no se interrumpen durante las vacaciones. Por lo tanto, suspender la cuota afectaría directamente la capacidad de cubrir estas necesidades básicas.
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Hola ??
quisiera saber si un padre o madre puede suspender la cuota alimentaria porque los hij@s están de vacaciones ? Que se puede hacer en ese caso ? Cómo se debe de actuar ?
gracias
Cuando una persona desde su inicio labora operando rayos x estos 15 dias se ortorgan a los 6 meses o solo a partir de que el empleado cumple 1 año de trabajo ? Pue yo comence a laborar en una sala de hemodinamia ya llevo nueve menes y no me han dado el periodo de receso biologico de 15 dias me dicen que solo aplicac despues de que yo cumpla 1 año de antiguedad en mi trabajo gracias.
Es importante tener en cuenta que el juramento estimatorio, regulado en este art 206 del Cód General del Proceso, no aplica para la cuantificación de daños extrapatrimoniales como el daño moral. Así, si bien la tasación final del daño moral corresponde al juez, en la demanda se debe solicitar una suma específica fundamentada en los criterios orientadores de las altas cortes.
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