Se aprueba el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Cuba para la Prevención, el Control y la Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y delitos conexos, suscrito en La Habana, Cuba, el 14 de enero de 1999 (Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República d) Colombia
Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Cuba para la Prevención, el Control y la Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y delitos conexos
- Artículo I. Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo II. Intercambio de información
- Artículo III. Prevención y control al desvío de precursores y sustancias químicas esenciales
- Artículo IV. Control de operaciones comerciales, aduaneras y de distribución de precursores y sustancias químicas esenciales
- Artículo V. Asistencia técnica y prevención
- Artículo VI. Acciones coordinadas
- Artículo VII. Reserva de información
- Artículo VIII. comisión conjunta
- Artículo IX. Autoridades centrales
- Artículo X. Disposiciones finales
Otras regulaciones
Se crea el programa escuela para padres y madres en las instituciones de educación preescolar, básica y media del país El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país La Nación se asocia a la celebración de los 100 años de la fundación del municipio de La Unión Se crea el registro de deudores alimentarios morosos (redam) Tratado sobre Asistencia Legal Mutua en Asuntos Penales entre la República de Colombia y la Confederación SuizaMejores juristas





Si estando en prisión domiciliaria se es revovada por haber salido del domicilio, pero a su vez se tienen las 3/5 partes para el beneficio de la libertad condicional, esta última se puede solicitar?
Buenas tardes soy persona natural. Es posible presentar una querella como apoderado de la victima. O es obligatorio contar con la representación de un abogado?
buena tarde, puede ser rechazada de plano una demanda al momento de resolver excepciones previas, por según el Juez no estar claro algunos elementos de valor dentro del Juramento estimatorio. Gracias
Para calcular a qué tiempo equivalen tres quintas partes de la pena, se puede usar esta fórmula: X= (Pena impuesta X 3 / 5) o esta fórmula X=(Pena impuesta) X 0.6. No obstante este no es el único requisito, ya que el juez evalúa la pertinencia social y legal de dejar una persona por fuera de prisión, así ya haya cumplido este tiempo encerrada, por ejemplo, analizando su conducta al interior de la prisión etc.
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Es bueno indicar al respecto que existe en Colombia el delito de corrupción privada, este es el artículo 250A del Código Penal, el cual tiene que ver con castigar a quien prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o asesores de una sociedad, asociación o fundación una dádiva o cualquier beneficio no justificado para que le favorezca a él o a un tercero, en perjuicio de aquella.
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