Código Civil Artículo 1528 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024
Código Civil
Artículo 1528. Efectos de las sentencias sobre la obligacion natural
La sentencia judicial que rechaza la acción intentada contra el naturalmente obligado, no extingue la obligación natural.
Colombia Art. 1528 CC
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
13/02/24 16:38:27
Una deuda telefónica de más de 10 años que se puede alegar la prescripción de la misma según el artículo 1528 la casa de cobranza puede cobrar lo adeudado es una anormalidad de la norma porque la prescripción extinque la obligación porfavor me aclaran esta duda gracias
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