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Código Civil Artículo 1528 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024

Código Civil
Artículo 1528. Efectos de las sentencias sobre la obligacion natural

La sentencia judicial que rechaza la acción intentada contra el naturalmente obligado, no extingue la obligación natural.

Colombia Art. 1528 CC
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Los comentarios de los usuarios

Una deuda telefónica de más de 10 años que se puede alegar la prescripción de la misma según el artículo 1528 la casa de cobranza puede cobrar lo adeudado es una anormalidad de la norma porque la prescripción extinque la obligación porfavor me aclaran esta duda gracias

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