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Se expide la ley general de educación Artículo 88 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se expide la ley general de educación
Artículo 88. Título académico

El título es el reconocimiento expreso de carácter académico otorgado a una persona natural por haber recibido una formación en la educación por niveles y grados y acumulado los saberes definidos por el Proyecto Educativo Institucional. Tal reconocimiento se hará constar en un diploma.

El otorgamiento de títulos en la educación es de competencia de las instituciones educativas y de las instituciones del Estado señaladas para verificar, homologar o convalidar conocimientos y su entrega estará sujeta, única y exclusivamente, al cumplimiento de los requisitos académicos establecidos por cada institución.

PARÁGRAFO 1o. Se prohíbe la retención de títulos por no encontrarse el interesado a paz y salvo en sus obligaciones con la institución, cuando presente imposibilidad de pago por justa causa. Para esto el interesado deberá:

1. Demostrar que haya ocurrido un hecho que con justa causa afecte económicamente al interesado o a los miembros responsables de su manutención.

2. Probar la ocurrencia del hecho por cualquier medio probatorio, distinto de la confesión, que sea lo suficientemente conducente, adecuada y pertinente.

3. Que el responsable del pago demuestre haber adelantado las gestiones necesarias para lograr el cumplimiento de las obligaciones pendientes con la respectiva institución.

PARÁGRAFO 2o. El establecimiento educativo que infrinja el parágrafo anterior se hará acreedor a sanciones que impondrá el Ministerio de Educación Nacional o las Secretarías de Educación en las que delegue esta facultad, que pueden ir desde multas sucesivas de carácter pecuniario de 50 a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Dichos dineros ingresarán a la Tesorería Nacional, Departamental o Municipal según el caso.





Colombia Art. 88 Se expide la ley general de educación
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Los comentarios de los usuarios

Cordial saludo,

A su pregunta: "buenas tardes lo que pasa es que mi hijo termino noveno grado y no le entregaron diploma hasta no estar a paz y salvo, debido a la pandemia soy trabajador de la salud y me dio covid, mi esposa se quedo sin trabajo y el colegio no nos da un acuerdo de pago como o ante quien puedo exponer mi caso, y no quiero que mi hijo perdiera el cupo en el colegio ante quien puedo acudir gracias cualquier respuesta"

Respondemos: Puede acudir a la Defensoría del Pueblo o el Ministerio de Educación.


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buenas tardes lo que pasa es que mi hijo termino noveno grado y no le entregaron diploma hasta no estar a paz y salvo, debido a la pandemia soy trabajador de la salud y me dio covid, mi esposa se quedo sin trabajo y el colegio no nos da un acuerdo de pago como o ante quien puedo exponer mi caso, y no quiero que mi hijo perdiera el cupo en el colegio ante quien puedo acudir gracias cualquier respuesta

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