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Convenio sobre Importación Temporal Artículo 34 Colombia


Convenio sobre Importación Temporal
Artículo 34.

 


Con arreglo al articulo 102 de la Carta de las Naciones Unidas, el presente Convenio se registrará en la Secretaría de las Naciones Unidas a petición del depositario.

En fe de lo cual, los abajo firmantes, debidamente autorizados a tal fin. firman el presente Convenio

Hecho en Estambul, el 26 de junio de 1990, en un solo ejemplar original en inglés y francés, siendo ambos textos igualmente auténticos. Se pide al depositario que elabore y distribuya traducciones autorizadas del presente Convenio en árabe, chino, español y ruso.
 

 



Colombia Art. 34 Se aprueba el Convenio sobre Importación Temporal, hecho en Estambul, República de Turquía, el 26 de junio de 1990
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Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?




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