Decreto Estatuto Orgánico del Sistema Financiero Artículo 174 Colombia
Decreto Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
Artículo 174. Control del fondo de pensiones
1. Comisión de control del fondo. Respecto de cada fondo de pensiones de jubilación e invalidez existirá una comisión de control que estará integrada por representantes de las entidades patrocinadoras y de los partícipes, estos últimos tendrán la mayoría de votos.
La comisión de control decidirá por la mayoría de los votos de sus integrantes.
2. Funciones de la comisión de control del fondo. Corresponde a la comisión de control del fondo de pensiones de jubilación e invalidez:
a. Verificar el cumplimiento del reglamento del fondo de pensiones de jubilación e invalidez y de los planes vinculados al mismo;
b. Remover al actuario y designar la persona que ha de reemplazarlo;
c. Nombrar el Revisor Fiscal del fondo;
d. Autorizar los actos que, de conformidad con el reglamento del fondo, requieran su aprobación;
e. Prohibir la realización de cualquier acto que, a su juicio, comprometa los intereses de los partícipes;
f. Decidir sobre la sustitución de las sociedades depositaria y administradora;
g. Aprobar nuevos planes de pensiones a desarrollarse a través del fondo de pensiones de jubilación e invalidez;
h. Aprobar los estados financieros del fondo de pensiones de jubilación e invalidez, el informe de la sociedad administradora y el estudio de valuación actuarial;
i. Cuando las circunstancias lo exijan, designar las personas que deban representar judicial o extrajudicialmente los intereses de los partícipes frente a la sociedad administradora, y
j. Las demás que le señale el reglamento del fondo.
3. Facultades de la comisión de control del fondo. Para el cumplimiento de sus funciones la comisión de control del fondo podrá inspeccionar en cualquier tiempo la contabilidad del mismo y requerir cualquier información sobre su administración.
4. Convocatoria de la comisión de control. La Superintendencia Bancaria podrá convocar la comisión de control del fondo cuando en la administración del fondo o en la ejecución del plan, se presenten irregularidades o circunstancias extraordinarias que puedan comprometer los intereses de los partícipes. La comisión adoptará las medidas que sean del caso.
Colombia Art. 174 Decreto Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
Mejores juristas
Lo que debes de realizar es reparar los perjuicios en los que incurrió tu Mascota, a que tú eres la persona que está a cargo de la misma.
- Pregunto
- fallecio mi esposa y no tuvimos hijos,
- hay un apartamento q compre durante el matrimonio
- cuando se hace la sucesión para liquidar la sociedad conyugal
- el apartamento le corresponde al cónyuge y los padres como se haces esta repartición
- pienso que el 50% de ese apartamento es mío y el otro 50% de debe repartir entre los padres y ro cónyuge y como sería esa repartición
tengo un perrito criollo que fue adoptado muy pequeño y gracias a el perrito me di cuenta que tenia cancer de mama, el perro es muy sobreprotector conmigo y mantiene muy alerta y en ocasiones sale muy reactivo y trata de tirarsele a algunas personas que cree me van a hacer algo porque se acercan a mi y hoy mordio a una persona pero fue muy leve porque se estaba acercando a mi, pero el mordio y de una abrio el ocico y se retiro como quien dice hice algo indebido ante eso que debo hacer porque vivo en una unidad y es la primera vez que muerde a alguien ya tiene 3 años y es mi perro que me ayuda a todo este proceso tan dificil y con las depresiones y es muy amoroso con nosotros solamente. necesito orientación por favor. gracias
El hurto por medios informáticos es un delito que no solo protege el patrimonio económico, sino también la seguridad de los sistemas informáticos y la confianza en estos. Este carácter dual, implica que el delito afecta bienes jurídicos tanto individuales como colectivos y en esa medida, a la persona procesada puede requerírsele que la reparación vaya más allá de devolver dineros robados, pues el daño a la confianza hacia las empresas o entidades puede implicar tener que indemnizar o tratar de reparar por otros medios ese daño a la confianza de los usuarios de los sistemas de la empresa o entidad.
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buenas tardes actualmente la reducción se encuentra en 46 horas semanales, en la empresa donde laboro me cuentan las horas extras a partir de las 99.6 que según la norma es por 13 dias y no semanal me pueden colaborar con este tema
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