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Se aprueba el Convenio sobre la Ciberdelincuencia Artículo 4 Colombia


Se aprueba el Convenio sobre la Ciberdelincuencia
Artículo 4. IMPORTANCIA DEL CONVENIO DE BUDAPEST PARA COLOMBIA

La expansión de las amenazas en el ciberespacio, así como la utilización de nuevas tecnologías para generar amenazas informáticas, constituyen una preocupación común a todos los países, dado que impactan de manera significativa la seguridad de la información, en los ámbitos tanto público como privado.

Los fenómenos de criminalidad que afectan la Ciberseguridad son generados, en muchas ocasiones, por actores que se encuentran en una jurisdicción geográfica diferente en la que se cometen los delitos, por lo que las pruebas de un acto delictivo no son accesibles sin la colaboración judicial y técnica de las legítimas autoridades públicas que rigen sobre ese territorio. Por lo tanto, en este marco y en los casos que suponen la utilización de redes de comunicación, la cooperación internacional es esencial para prevenir y enfrentar cualquier acto delictivo en materia cibernética, por ello Colombia debe adherirse al Convenio sobre la ciberdelincuencia del Consejo de Europa.

Este es el único instrumento internacional que cubre todas las áreas relevantes de la legislación sobre ciberdelincuencia –derecho penal, derecho procesal y cooperación internacional– y trata con carácter prioritario una política penal contra la ciberdelincuencia en cada uno de los países miembros. El Convenio de Budapest, permite no sólo avanzar en temas de cooperación internacional contra delitos informáticos, sino también fortalecer las leyes y regulaciones nacionales contra el ciberdelito de todo nivel.

Por las anteriores consideraciones, el Gobierno nacional, a través de la Ministra de Relaciones Exteriores, el Ministro de Justicia y del Derecho, el Ministro de Defensa Nacional y el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, solicitan al Honorable Congreso de la República aprobar el proyecto de ley, por medio de la cual se aprueba el “Convenio sobre la Ciberdelincuencia”, adoptado el 23 de noviembre de 2001, en Budapest.



Colombia Art. 4 Se aprueba el Convenio sobre la Ciberdelincuencia, adoptado el 23 de noviembre de 2001, en Budapest
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?



Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



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