< Se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro y Estabilización petrolera

Se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro y Estabilización petrolera Artículo 6o Colombia


Se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro y Estabilización petrolera
Artículo 6o.

Para llevar a cabo las retenciones en favor del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera, el Ministerio de Minas y Energía procederá de la siguiente manera:

1. Liquidará las regalías, compensaciones monetarias y participaciones que corresponden a los departamentos y municipios receptores de regalías y compensaciones monetarias y al Fondo Nacional de Regalías, de acuerdo con lo establecido en la Ley 141 de 1994 y remitirá la liquidación a Ecopetrol, dentro de los cinco (5) días comunes siguientes a su elaboración, la que las girará en pesos a sus destinatarios en porción que no deba ser retenida con destino al Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera.

2. La porción de regalías, compensaciones monetarias y participaciones que conforme esta Ley deba ser retenida con destino al Fondo, será girada en dólares de los Estados Unidos de América por Ecopetrol a nombre de cada una de las entidades partícipes, previa conversión a la tasa de cambio representativa del mercado del día en que se haga la liquidación.

Ecopetrol utilizará su liquidez en el exterior para la realización de estos giros.

3. Así mismo, la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, girará al Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera la porción que le corresponda ahorrar sobre la producción de petróleo crudo de su propiedad.

PARÁGRAFO. Las entidades partícipes del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera podrán verificar trimestralmente, ante Ecopetrol y el Ministerio de Minas y Energía, la producción de sus yacimientos, las regalías recibidas y la participación o ahorro que conforme a esta Ley deba ser retenida con destino al Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera, en caso de que existan discrepancias las entidades podrán hacer el reclamo correspondiente ante la Junta Directiva del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera y éste a su vez, le dará el trámite correspondiente.

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Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..



Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?



Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



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