< Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral

Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral Artículo 14 Colombia


Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
Artículo 14. Oficina jurídica

Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes:

1. Asistir a las dependencias del Consejo Nacional Electoral en el conocimiento y trámite de conceptos, fallos y asesorías en los asuntos jurídicos.

2. Representar judicial y extrajudicialmente al Consejo en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sea parte o tercero interesado, previo otorgamiento de poder o delegación por parte del Presidente.

3. Ejercer la facultad del cobro coactivo frente a las multas y demás obligaciones a favor del Consejo, ajustándose para ello a la normativa vigente sobre la materia.

4. Estudiar, conceptuar y elaborar los proyectos de actos administrativos para la gestión del Consejo, coordinar la notificación de los mismos, en los casos de competencia directa o que le sean delegados.

5. Preparar, bajo las directrices de la Sala Plena, los proyectos de ley de competencia del Consejo.

6. Atender los requerimientos de las entidades estatales y los organismos de control en lo relacionado con la naturaleza de sus funciones.

7. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en general las actuaciones jurídicas relacionadas con los temas a su cargo y sobre los asuntos que le sean delegados.

8. Atender y resolver las consultas y peticiones de carácter jurídico, que no sean de competencia de la Sala Plena.

9. Atender y resolver las acciones de tutela, de grupo, cumplimiento y populares y demás acciones constitucionales en las que sea parte o tenga interés el Consejo.

10. Recopilar y mantener actualizada la información de las normas constitucionales, legales y reglamentarias y la jurisprudencia relacionada con las competencias del Consejo.

11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Colombia Art. 14 Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
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Buen dia como puedo embargar una empresa, que no tiene nada que embargar, sobre quien podria solicitar ante un juez medida cuatelzar para solicitar embargo o secuestro de bienes?



Este artículo es necesario leerlo desde sus actualizaciones. Así las cosas entre el día 1 y 2 el pago del auxilio económico a la persona trabajadora que se enferma por una razón no laboral, lo hace el empleador (Decreto 2943 de 2013). Del día 3 al 180 la EPS en un 66.6% del salario devengado mensualmente. Del día 181 al 540, el Fondo de Pensiones (Ley 962 de 2005). A partir del 541, la EPS (Ley 1753 de 2015) en un 50% del salario devengado. Nunca ningún % de estos puede ser inferior a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.


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  • Buen dia, mi pregunta es en el año 2009 por situacion economica no pude seguir pagando mi plan hogar con Colombia telecomunicaciones (hoy movistar), después que han trascurrido quince años llega una carta de cobro de una empresa de cobranza, mi pregunta es; me pueden cobrar despues de tanto tiempo, la deuda sigue vigente, se les puede poner un derecho de petición. Gracias.


Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal



Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.



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