Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral Artículo 12 Colombia
Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
Artículo 12. Oficina de comunicaciones estratégicas
Son funciones de la Oficina de Comunicaciones Estratégicas, las siguientes: 1. Proponer para aprobación de la Sala Plena y ejecutar la política de comunicación interna y externa y de relacionamiento estratégico del Consejo Nacional Electoral, para la divulgación de la información a nivel nacional, territorial e internacional, bajo las directrices del Presidente.
2. Formular y ejecutar el Plan Institucional de Comunicaciones y los planes de acción que se requieran, de acuerdo con la naturaleza, objetivo y funciones del Consejo.
3. Asesorar y coordinar las relaciones con los medios de comunicación nacional e internacional, para mantener espacios abiertos de divulgación de los planes, acciones y gestión del Consejo, bajo las directrices del Presidente.
4. Preparar y publicar en los medios de comunicación, la información generada por las distintas dependencias del Consejo, bajo las directrices del Presidente.
5. Orientar al Presidente en el manejo de las relaciones con los medios de comunicación y demás sectores de la opinión pública a nivel nacional e internacional.
6. Preparar y coordinar, bajo la dirección del Presidente del Consejo, las ruedas de prensa y entrevistas que concede este, o cualquiera de los magistrados.
7. Diseñar y administrar los contenidos del sitio web del Consejo, según las directrices que imparta el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
8. Identificar las dificultades en la implementación de estándares y buenas prácticas para el cumplimiento de los principios y normativa de la generación y usos de la información estatal y proponer los correctivos a que haya lugar.
9. Establecer el mapa de riesgo de imagen institucional y elaborar el manual para el manejo de crisis institucional.
10. Establecer indicadores que permitan medir la gestión de comunicaciones.
11. Efectuar la difusión de los comunicados de prensa, entre otros, a los medios de comunicación, presidencias de las altas Cortes, Presidencia de la República, Ministerios, Defensoría del Pueblo, Procuraduría, Superintendencias y demás entidades o ciudadanos que lo requieran.
12. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Colombia Art. 12 Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
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Hola. mi consulta es sobre arriendo de local comercial. Acabo de cumplir 4 años en un local. El contrato se renovó por periodo de un año el 1 de octubre de 2024 (hasta 1 de octubre de 2025). el dueño del local puso en venta la casa y parece que hay un comprador. En caso que se cierre el negocio y se venda la casa, el nuevo dueño me puede sacar del local? me deben dar un tiempo para irme? aplica alguna indemnizacion a mi favor?
Buen día, quisiera saber si un trabajador que lleva laborando en una empresa por más de 15 años con contratos a término fijo de un año (cada año en enero se renueva después del periodo de vacaciones), si la empresa decide no renovar ese contrato, el trabajador tiene derecho a una indemnización por el tiempo que lleva laborando?
El derecho a la indemnización de seis meses de salarios para un trabajador aforado despedido sin autorización judicial es un derecho respaldado por la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la que en múltiples ocasiones ha indicado ya que este derecho no depende de la discreción del juez, sino que es una obligación legal cuando se cumplen las condiciones para su aplicación. Es decir, es independiente de cualquier otra indemnización que se le deba pagar al empleado y en esa medida no se excluye con o excluye a otras indemnizaciones, deudas etc. que se le deban pagar al trabajador que fue despedido sin autorización.
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La estafa ocurre cuando se utilizan engaños para hacer caer en un error o en una idea falsa de lo que realmente ocurre y como consecuencia la víctima entrega parte de su patrimonio al victimario. Por ejemplo, hacer creer a la víctima en la existencia de empresas, poder económico, créditos inexistentes o la segura ocurrencia de eventos que sabe con antelación no sucederán. El engaño debe ser lo suficientemente convincente como para hacer que la víctima se desprenda de su patrimonio. La intención de engañar debe ocurrir desde el inicio de la relación entre víctima y victimario. De lo contrario podemos estar ante un incumplimiento de contrato. // El error inducido debe ser directo y consecuencia de los artificios o engaños desplegados. Es decir debe existir una relación causal clara entre el engaño y el error de la víctima y que este error sea el que motive a la víctima a desprenderse de su patrimonio.
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Buen día. Que pasa si me estafaron en un viaje para dos personas. Valor $6000000 seis millones de pesos. La persona devolvió dos millones y no quiere devolver el resto del dinero. Que debo hacer. Puedo demandar por estafa???
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