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Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral Artículo 11 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/05/2025

Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
Artículo 11. Oficina de planeación estratégica e innovación

Son funciones de la Oficina de Planeación Estratégica e Innovación, las siguientes:

1. Diseñar el Plan de Acción de la entidad, bajo la orientación de la Sala Plena del Consejo y con la participación del personal directivo.

2. Definir directrices, metodologías, instrumentos y cronogramas para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos del Consejo.

3. Orientar la elaboración del Plan de Acción Anual y del Plan Estratégico, así como la consolidación de la ejecución de las actividades programadas por cada una de las dependencias.

4. Evaluar la viabilidad o factibilidad de los proyectos de inversión presentados por las diferentes dependencias para ser incluidos en el presupuesto del Consejo Nacional Electoral.

5. Evaluar la ejecución presupuestal correspondiente a los programas y proyectos de inversión.

6. Preparar, consolidar y presentar, en coordinación con la Dirección de Gestión Corporativa, y de acuerdo con las directrices que impartan el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Presidente del Consejo, el anteproyecto de presupuesto, así como la programación presupuestal plurianual del Consejo.

7. Evaluar la viabilidad o factibilidad de las solicitudes de recursos financieros nacionales e internacionales que sean necesarios para llevar a cabo los planes, programas y proyectos formulados en el Plan de Acción y en el Plan Indicativo de la Entidad.

8. Desarrollar y validar los indicadores de gestión del Consejo y hacer el seguimiento a través de los sistemas establecidos.

9. Asesorar en la formulación de las actividades, programas y proyectos que en el ámbito interno deba adelantar el Consejo para el cumplimiento de sus funciones.

10. Asesorar y proponer las modificaciones que permitan optimizar los procesos y procedimientos del Consejo.

11. Presentar al Banco de Proyectos de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación los proyectos a incluir en el Plan Operativo Anual de Inversiones del Consejo.

12. Diseñar y coordinar la implementación del modelo de gestión institucional, que incluye el sistema de control interno del Consejo, para lo cual podrá adoptar las diferentes prácticas que el Estado tiene disponible para ello.

13. Hacer el seguimiento y evaluación a la gestión institucional y consolidar el informe de resultados y preparar los informes para las instancias competentes.

14. Estructurar los informes de gestión y rendición de cuentas a la ciudadanía y someterlos a aprobación de la Sala Plena por conducto del Presidente.

15. Diseñar, en coordinación con las dependencias competentes, el Plan Anticorrupción del Consejo, para la aprobación del Presidente del Consejo y liderar su implementación.

16. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la  dependencia.

Colombia Art. 11 Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
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cual seria la edad maxima segun el codigo


Para efectos de este delito de Enriquecimiento ilicito del artículo 327 del Cod Penal, aunque la persona procesada debería explicar el origen de su incremento patrimonial como parte de su defensa, la carga de la prueba recae en el Estado. La Fiscalía debe demostrar que el aumento patrimonial tiene como fuente actividades delictivas, respetando el principio de presunción de inocencia.


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Con el debido respeto hay algunos jueces que hacen una interpretación errada del inciso 4?? del articulo 118 cgp pues siendo tan clara la disposición en comento sin haberse decidido los recursos reposición y apelación contra un auto admisorio dela demanda deciden cuestiones como por ejemplo correr traslados de excepciones que equivocadamente se interpusiern, aceptar reformas de demanda y lo peor niegan los terminos que señala la norma para contesarla, hacen uan serie de actuaciones procesales desde luego todas viciadas de irregularidad y nulidada pues no se han decidido los recursos una vez decididos el termino que esta interrumpido comenzara a correr integramente a la notificación de la decisión de la impugnacion. Se equipara la interrupcion con la suspension que son diametralmente opuestos en sus efectos legales aquel comienza el termino integramente la suspension se reanuda por el termin restante o faltante de cumplir.


Las reuniones de empalme del consejo de administración tienen como objetivo garantizar la continuidad en la gestión administrativa y la transferencia de información relevante entre los miembros salientes y entrantes del consejo. Aunque no se menciona explícitamente en la ley 675 la obligación del revisor fiscal de asistir a estas reuniones, su participación se deduce de las obligaciones generales del contador derivadas de la ley 43 de 1990,para así garantizar que los aspectos financieros y administrativos sean correctamente documentados y transferidos.


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Y si no hay sindicato ni pacto que se debe hacer?


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