< Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral

Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral Artículo 18 Colombia


Se establece la estructura orgánica e interna del Consejo Nacional Electoral
Artículo 18. Oficina de inspección

Son funciones de la Oficina de Inspección, las siguientes:

1. Implementar, bajo los lineamientos de la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral, las estrategias de inspección definidas y aprobadas en el Plan de Vigilancia e Inspección Electoral.

2. Recolectar y consolidar la información de las variables electorales priorizadas por la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral, descritas en la normatividad vigente, para ejecutar las estrategias de inspección definidas.

3. Verificar, consolidar y remitir, a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral los análisis de resultados presentados por los Tribunales de Garantías y Vigilancia Electoral.

4. Proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral iniciativas de inspección frente a la distribución y ejecución de gastos de funcionamiento de partidos y movimientos políticos con personería jurídica, y coordinar todas las acciones administrativas pertinentes para su ejecución oportuna.

5. Proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral iniciativas de inspección frente al pago de la reposición de votos a que hubiere lugar, y coordinar todas las acciones administrativas pertinentes para su ejecución oportuna.

6. Proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral iniciativas de inspección frente al cumplimiento de reglamentación expedida por el Consejo y la normatividad vigente, sobre ingresos y gastos de campaña electoral; y coordinar todas las acciones administrativas pertinentes para su ejecución oportuna.

7. Proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral iniciativas de inspección frente al cumplimiento de las normas de propaganda electoral, y coordinar todas las acciones administrativas pertinentes para su ejecución oportuna.

8. Proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral iniciativas de inspección frente al proceso de inscripción de cédulas y generar el informe para presentar en la Sala Plena.

9. Proponer a la Dirección de Vigilancia e Inspección Electoral iniciativas de inspección frente al cumplimiento de la reglamentación de las funciones de las Organizaciones y personas acreditadas de Observación Electoral.

10. Hacer el seguimiento al cumplimiento del Estatuto de la oposición, conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección de Vigilancia e Inspección  Electoral.

11. Atender y dar trámite a las quejas, peticiones, reclamos y denuncias allegadas por los diferentes medios habilitados por el Consejo, para garantizar la transparencia en el proceso electoral.

12. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?



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Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.

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