Código Civil Artículo 2537 Colombia
Código Civil
Artículo 2537. Prescripcion de la accion hipotecaria y de obligaciones accesoria
La acción hipotecaria y las demás que proceden de una obligación accesoria, prescriben junto con la obligación a que acceden. Colombia Art. 2537 CC
Mejores juristas
ABOGADOS COLOMBIA Universidad Nacional
WORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Sobre la prescripción de la acción hipotecaria que menciona el artículo 2537 del código civil, depende de la vigencia que tenga la deuda que se respalda con dicha hipoteca. Es decir la deuda principal. Así las cosas mientras se pueda cobrar la deuda original o principal, la hipoteca seguirá vigente, pero si aquella ya no es posible cobrarla por el paso del tiempo, la acción hipotecaria también habrá prescrito. Si lo anterior ocurre, se puede interponer una demanda para que un juez ordene la cancelación de dicha hipoteca.
Email: [email protected]
WhatsApp: 573166406899
ATENDEMOS A NIVEL NACIONAL WhatsApp 3166406899 Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Leer de nuevo
Código Civil Artículo 2203. Responsabilidad del comodatario en el cuidado de la cosa Código Civil Artículo 1050. Sucesion de hijos extramatrimoniales Código de Comercio Artículo 1647. Discrepancia entre diversos ejemplares de conocimiento de embarque Código de Procedimiento Penal Artículo 181. Procedencia Código Civil Artículo 1048. De cuando la herencia corresponde a los hijos naturalesPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios