C Cio Artículo 203 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/09/2024
Código de Comercio
Artículo 203. Sociedades que están obligadas a tener revisor fiscal
Deberán tener revisor fiscal: 1) Las sociedades por acciones;
2) Las sucursales de compañías extranjeras, y
3) Las sociedades en las que, por ley o por los estatutos, la administración no corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de socios excluidos de la administración que representen no menos del veinte por ciento del capital.
Colombia Art. 203 CCom, CDC, C Co
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Los comentarios de los usuarios
Jorge Sora
05/09/22 11:54:49
Buenos dias respetados señores: Una pregunta, una sociedad por acciones simplificada SAS, esta obligada a tener revisor fiscal cuando supera los 3000 SMM y/o 5000 SMM, tiene alguna exclusion por su naturaleza juridica?
Muchas gracias...
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