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Código Disciplinario Único Artículo 16 Colombia


Derogado

Código Disciplinario Único
Artículo 16. Función de la sanción disciplinaria

La sanción disciplinaria tiene función preventiva y correctiva, para garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, la ley y los tratados internacionales, que se deben observar en el ejercicio de la función pública.

Colombia Art. 16 CDU
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Kevin Prieto Malaver

Socio Fundador

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me suspendieron durante 7 dias por la primera falta laboral cometida en tiempos de covid eso es legal? como me puedo defender

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