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Código Penal Artículo 336 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/11/2024

Código Penal
Artículo 336. Invasión de áreas de especial importancia ecológica

El que invada, permanezca así sea de manera temporal o realice uso indebido de los recursos naturales a los que se refiere este título en área de reserva forestal, ecosistemas de importancia ecológica, playas, terrenos de bajamar, resguardos o reservas indígenas, terrenos de propiedad colectiva de las comunidades negras, parque regional, parque nacional natural, área o ecosistema de interés estratégico, área protegida, definidos en la ley o reglamento incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses y multa de ciento treinta y cuatro (134) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

La pena señalada se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando como consecuencia de la invasión, se afecten gravemente los componentes naturales que sirvieron de base para su declaratoria, o de las condiciones naturales del área o territorio correspondiente.



Colombia Art. 336 CP
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Artículo 1o ...334A 335 336 336A 337 ...476

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Los comentarios de los usuarios

Hola buenos días. Tengo un hermano que hace 6 años incurrió en un delito, le imputaron cargos sobre invasión de áreas de especial importancia ecológica. El tomó las cosas como si nada hubiese pasado, y hace 2 días se dirigió a la estación de policía de su municipio por qué no aparecía en la registraduría. En la estacion de policía, lo detuvieron. Y no sabemos que pueda pasar.

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