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El Régimen de Insolvencia Empresarial Artículo 1o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

El Régimen de Insolvencia Empresarial
Artículo 1o. Finalidad del régimen de insolvencia

El régimen judicial de insolvencia regulado en la presente ley, tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de los procesos de reorganización y de liquidación judicial, siempre bajo el criterio de agregación de valor.

El proceso de reorganización pretende a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos.

El proceso de liquidación judicial persigue la liquidación pronta y ordenada, buscando el aprovechamiento del patrimonio del deudor.

El régimen de insolvencia, además, propicia y protege la buena fe en las relaciones comerciales y patrimoniales en general y sanciona las conductas que le sean contrarias.

Colombia Art. 1o El Régimen de Insolvencia Empresarial en la República de Colombia y se dictan otras disposiciones
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Los comentarios de los usuarios

Como indica esta normativa, esto aplica para empresas, para personas naturales aplica el régimen creado por el Código General del Proceso, es decir para personas que incumplan más de una obligación en perjuicio de más de un acreedor, por más de noventa días. O cuando se le hayan iniciado dos o más procesos ejecutivos. En los dos casos el monto de las deudas incumplidas debe sumar más del 50% del total de las deudas a cargo del deudor que se desea declarar en insolvencia.


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