Se establece la autonomía administrativa del Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos Artículo 3 Colombia
Se establece la autonomía administrativa del Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos
Artículo 3.
Adiciónese el artículo 6A a la ley 2165 de 2021, el cual quedará así:
“ARTÍCULO. 6A. ESTRUCTURA BASICA. EL Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos - CAEL, tendrá como máximo órgano de Gobierno y Administración la Mesa Directiva del Congreso de la República y como órgano de Dirección y Ejecución la Secretaría General del Senado de la República o quien sea designado o vinculado según disposición de la Mesa Directiva del Congreso de la República. El Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos CAEL, tendrá para el desarrollo de sus objetivos misionales además de los anteriores órganos, las siguientes subdirecciones: 1) jurídica, 2) Investigación académica y científica, 3) Control interno, 4) desarrollo tecnológico e innovación, 5) relaciones internacionales, 6) administrativa y financiera, 7) formación, capacitación, prácticas, pasantías y judicaturas, y 8) publicaciones y especializadas o departamentos y similares desde apoyos profesionales y técnicos, además podrá hacer esto con acuerdos técnicos de cooperación y colaboración interinstitucionales públicos y privados, según las necesidades del servicio.”
Colombia Art. 3 Se establece la autonomía administrativa del Centro de Investigaciones y Altos Estudios Legislativos
Mejores juristas





Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios